POR ORDENANZA Nº 1.805/2.016 EL CONCEJO DELIBERANTE, ACEPTÓ LA DONACIÓN DEL PASAJE COMUNERO DE INDIVISIÓN FORZOSA DE LA CIUDAD.
El Expediente 6.343/14, caratulados
RAMAL Sergio y otros
sobre donación
de Pasaje Comunero – Cañada Colorada
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Con fecha 4 de
junio del año 2015, los Sres. Diego Sergio Ramal, Juan Andrés Ramal,
Matías Diego Cascardo y Diego Rodrigo Pazos, titulares del inmueble ofrecen
donar al municipio de Malargüe una superficie de terreno aproximada de dos mil
setecientos noventa y dos metros cuadrados con ochenta y nueve decímetros
cuadrados (2792,89 mt2), todo ello a fin de proceder a la apertura
de calle pública con dicha fracción.
Tras analizar
las actuaciones por parte de la Asesoría Letrada, los Ediles advierten
que los requisitos exigidos en la Ordenanza Municipal Nº 1.381/2.006
se encuentran debidamente cumplidos.
Por todo ello y
considerando que resulta ser una facultad del Deliberativo Local la
aceptación de las donaciones (Artículo 71º inc. 4 de la Ley 1079), el Honorable
Concejo Deliberante en el marco de la 3º Sesión Ordinaria, aprobó la ORDENANZA Nº 1.805/2.016 mediante la cual acepta la donación efectuada a la Municipalidad de
Malargüe por parte de los titulares registrables del inmueble inscripto en el
Registro de la Propiedad Raíz, de inmueble graficado en el plano de mensura
visado y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro, denominado como
pasaje comunero de indivisión forzosa de la Ciudad de Malargüe.
Bajo el artículo
2º de la pieza legal, el Concejo Deliberante ordena al
Departamento Ejecutivo Municipal Proceda a realizar los actos administrativos y
jurídicos que resulten necesarios para la constitución y posterior inscripción
del dominio de la fracción donada a favor de la Municipalidad de Malargüe.
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Por Marcia
Sepúlveda - Prensa
Fuente: Natalia
Zanabria - Comisiones
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