APROBADO POR EL CONCEJO DELIBERANTE, MALARGÜE CONTARÁ CON UN REGISTRO DE PROFESIONALES, CONSTRUCTORES, EMPRESAS CONSTRUCTORAS, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS.
El pasado
jueves 14 de abril, en el marco de la 6º Sesión Ordinaria, el Concejo
Deliberante Malargüe aprobó la Pieza
Legal 1.814/16 , que ordena la Creación dentro del ámbito de la Municipalidad de Malargüe,
del Registro Municipal de Profesionales de la Construcción, Constructores,
Empresas Constructoras, Contratistas y Subcontratistas de obras privadas y públicas.
La
Ordenanza, cuyo proyecto fue presentado por el Interbloque Frente U.C.R – MOPOMA y
MOPOMA en julio del año 2015, permitirá conocer con anterioridad quien o quienes serán
los responsables de las obras o trabajos
públicos o privados en la Municipalidad
de Malargüe.
El
registro tiene por finalidad la inscripción, calificación, habilitación. clasificación
y registración de antecedentes de las personas físicas y/o jurídicas, que
organizadas como Empresas Constructoras, pretendan contratar obras o trabajos
públicos o privados en la Municipalidad
de Malargüe, como norma complementaria al Reglamento de
Edificación vigente.
La pieza
legal además establece que la Secretaria
de Ambiente y Obras Públicas, será el único Organismo competente en su materia
en todo el ámbito y jurisdicción de la Municipalidad de Malargüe e inscribirá a
todo empleador de la construcción que ejecute obras de ingeniería y
arquitectura así como el que ejecute trabajos en actividades complementarias o
coadyuvantes de la construcción y al Profesional responsable de la misma.
A la hora
de inscribirse Profesionales de la construcción y empresas constructoras deberán completar la Declaración Jurada,
presentar Constancia de Inscripción de
AFIP e Ingresos Públicos Provinciales, entre otros varios requisitos. El Área pertinente otorgará al solicitante su
número de registro y extenderá la correspondiente constancia la que elevará
luego al Departamento de Rentas para el abono de la Tasa fijada al respecto.
El
Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área correspondiente controlará
y verificará que en todos los trabajos en
ejecución se instale el correspondiente cartel de obra, con expresa
incorporación en sus leyendas de los N° de Inscripción en el Registro Municipal
del ejecutante, como así también la ART contratada y el N° de contrato con la
misma.
Quedan
excluidos en este registro, los
propietarios de inmuebles que no siendo empleador de la construcción construya,
repare o modifique su vivienda, así como la administración Pública Nacional,
Provincial y Municipal y las Empresas del Estado.
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA
Nº 1.814/2.016
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 3.788 HC – 237- 2.015 Interbloque Frente U.C.R –
MOPOMA y MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Registro de constructores Municipalidad
de Malargüe.
Que la
Municipalidad de Malargüe carece de un registro de constructores de obras
públicas y privadas
Y;
CONSIDERANDO:
Que dado el auge que ha tenido la Industria de la Construcción en los últimos
años, resulta necesario contar con un registro de Profesionales, Constructores,
Empresas Constructoras, Contratistas y Subcontratistas de obras privadas y
públicas en el ámbito municipal, a fin de conocer con anterioridad quien o
quienes serán los responsables de la Obra.
Que dicho
registro tiene por finalidad la inscripción, calificación, habilitación. clasificación
y registración de antecedentes de las personas físicas y/o jurídicas, que
organizadas como Empresas Constructoras, pretendan contratar obras o trabajos
públicos o privados en la Municipalidad
de Malargüe, como norma complementaria al Reglamento de
Edificación vigente.
Que este registro
a implementar a través de la Secretaria de Ambiente y Obras Públicas, será el
único Organismo competente en su materia en todo el ámbito y jurisdicción de la
Municipalidad de Malargüe e inscribirá a todo empleador de la construcción que
ejecute obras de ingeniería y arquitectura así como el que ejecute trabajos en
actividades complementarias o coadyuvantes de la construcción y al Profesional
responsable de la misma.
Que las solicitudes de inscripción deberán
presentarse a consideración del Registro en los formularios dispuestos a tal
efecto. Los datos que los interesados consignen tendrán carácter de declaración
jurada. La documentación que se presente será de uso reservado respecto a
terceros.
Que el
Departamento Ejecutivo a través de las Áreas que corresponda dictará la
reglamentación que crea pertinente a los fines de la aplicación de la norma.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNUCIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ORDENA
ARTÍCULO 1º:
Créase dentro del ámbito de la Municipalidad de Malargüe, el Registro Municipal
de Profesionales de la Construcción, Constructores, Empresas Constructoras,
Contratistas y Subcontratistas de obras privadas y públicas.
ARTÍCULO 2º: SUJETOS DE INSCRIPCIÓN - REQUISITOS:
a)
Profesionales de la construcción: Arquitectos, Ingenieros Civiles, Ingenieros
en Construcción, Maestros Mayores de Obras y otros afines; deberán contar con
título habilitante y estar matriculados en el Colegio Profesional pertinente.
b) Las
empresas constructoras deberán contar con un Representante Técnico que reúna
los mismos requisitos que el Profesional. Para la inscripción como contratista
o subcontratista no será exigido el requisito precedente.
ARTÍCULO 3º: REQUISITOS DE INSCRIPCION:
a)
Completar la Declaración Jurada con todos los datos del Profesional,
Constructor, Empresa Constructora, Contratista o Subcontratista de Obras
Privadas y Públicas según corresponda.
b) Los
profesionales deberán presentar:
1) Fotocopia
de Documento Nacional de Identidad con domicilio actual.
2) Copia del Título habilitante y Matrícula
del Colegio Profesional pertinente.
3) Constancia de Inscripción de AFIP e
Ingresos Públicos Provinciales.
c) Las
Empresas Constructoras deberán presentar:
1) Fotocopia de Contrato Social y
Modificaciones.
2)
Inscripción en la Dirección de Personas Jurídicas.
3)
Constancia de Inscripción en el Registro Público de Comercio.
4) Nómina
del Directorio o del Órgano de Administración.
5)
Constancia de Inscripción de AFIP e Ingresos Públicos Provinciales de la Empresa.
6)
Fotocopia de Documento Nacional de Identidad de el/los titulares de la empresa.
7) Copia
del Título habilitante y Matrícula del Colegio Profesional pertinente del
Profesional que oficia como Representante Técnico.
8) Copia
de contrato con la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).
9) Nómina
de empleados.
d) Los Contratistas o subcontratistas deberán
presentar:
1)
Fotocopia de Documento Nacional de Identidad con domicilio actual.
2)
Constancia de Inscripción de AFIP e Ingresos Públicos Provinciales.
ARTÍCULO
4º: CONSTANCIA E INSCRIPCION: En el momento de la Inscripción, el Área
pertinente otorgará al solicitante su número de registro y extenderá la
correspondiente constancia la que elevará luego al Departamento de Rentas para
el abono de la Tasa fijada al respecto.
ARTÍCULO 5º: PENALIDADES: La falta de cumplimiento a
lo dispuesto en la presente, motivará la aplicación de las sanciones que la
Ordenanza Tarifaria vigente establece por la infracción a los deberes formales.
ARTÍCULO 6º:
CONTROL: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área correspondiente
verificará que en todos los trabajos en ejecución se instale el correspondiente
cartel de obra, con expresa incorporación en sus leyendas de los N° de Inscripción
en el Registro Municipal del ejecutante, como así también la ART contratada y
el N° de contrato con la misma.
ARTÍCULO
7º: EXCEPCIONES: Quedan excluidos en este registro los propietarios de
inmuebles que no siendo empleador de la construcción construya, repare o
modifique su vivienda, así como la administración Pública Nacional, Provincial
y Municipal y las Empresas del Estado.
ARTICULO 8º:
Comuníquese, regístrese, agréguese
copia de la
presente en las
actuaciones correspondientes y archívese.
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DR. RICARDO
BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A
CATORCE DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL
DIECISEIS
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
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Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Natalia Zanabria- Comisiones HCD
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