A través de las RESOLUCIÓN Nº 059/2.016, iniciativa del Concejal mandato
cumplido José Oyola (Bloque Justicialismo Para Todos.), el Concejo
Deliberante adhirió a la Ley Provincial Nº 8681, que refiere a la
disposición de asientos especiales para personas obesas y con sobrepeso, en
reparticiones estatales, o locales privados con atención al público.
La Ley tiene como propósito
establecer la obligatoriedad de contar con asientos para obesos en
restaurantes, confiterías, bares, pub nocturnos, salas de espectáculos (como
cines) y todo organismo y dependencia estatal o privada con atención al
público.
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 059/2.016
VISTO: El Expediente Nº 3.683 HC - 229-2014. Bloque Justicialismo Para
Todos. Proyecto de Resolución: Adhesión a la Ley Provincial Nº8681, que refiere
a la disposición de asientos especiales para personas obesas y con sobrepeso en
reparticiones estatales, o locales privados con atención al público.
CONSIDERANDO: Que la Ley tiene como propósito establecer la
obligatoriedad de contar con asientos para obesos en restaurantes, confiterías,
bares, pub nocturnos, salas de espectáculos (como cines) y todo organismo y
dependencia estatal o privada con atención al público.
Que resulta necesario definir algunas cuestiones; los términos “sobre
peso” y “obesidad” se refieren al peso corporal total de una persona y sí este
resulta demasiado alto. El sobre peso consiste en un exceso de peso corporal
debido a la masa muscular, masa ósea, grasa o agua y la obesidad consiste en cantidad excesiva de grasa corporal.
Que en la actualidad la obesidad
constituye la enfermedad nutricional crónica no transmisible más frecuente que
afecta por igual a hombres y mujeres.
Que ambas problemáticas: sobrepeso y obesidad constituyen uno de los
mayores problemas de la sociedad moderna que afecta a niños, adolescentes,
adultos y ancianos, siendo lo más preocupante el hecho de que la tendencia es
creciente y progresiva.
Que este proyecto tiene que ver con el desarrollo de políticas públicas
que permita que las personas afectadas por esta problemática no sean objeto de
discriminaciones constantes.
Que además de buscar el método adecuado para la prevención y tratamiento
de la obesidad, procurar que quienes padecen dicho trastorno puedan desenvolver
sus actividades cotidianas de una manera normal, sin que la obesidad constituya
para ello un obstáculo para su normal desarrollo.
Que se garantice de esta manera condiciones de igualdad y accesibilidad
para hombres, mujeres y niños con obesidad a los espacios públicos.
Que el obeso se siente excluido a la hora de vestirse, viajar en
transporte público o asistir a ciertos lugares públicos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO
DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adherir a la Ley Nº 8681, que reglamenta la obligatoriedad de disponer en ámbitos públicos
y privados de libre acceso, con atención al público, asientos especiales para
personas con obesidad y/u obesidad mórbida.
Cuyas aplicaciones son extensibles a:
Restaurantes, confiterías, bares, pub y todos aquellos establecimientos que presenten
similares características.
Salas de espectáculos tales como Cine y Centro de Convenciones, que
deberán contar con un mínimo de dos asientos especiales.
Todo organismo o dependencia pública o privada con atención al público.
ARTICULO 2º: Comuníquese,
regístrese, agréguese copia
de la presente
en las actuaciones
correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DR. RICARDO
BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE
DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS
Blanca C. Paez
GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria
PRESIDENTE
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Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente- Rosana Scheurer - Comisiones HCD
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