EQUIDAD: EL HCD ADHIRIÓ A LA LEY PROVINCIAL Nº 8.681


A través de las RESOLUCIÓN Nº 059/2.016, iniciativa del Concejal mandato cumplido José Oyola (Bloque Justicialismo Para Todos.), el Concejo Deliberante adhirió  a la Ley Provincial Nº 8681, que refiere a la disposición de asientos especiales para personas obesas y con sobrepeso, en reparticiones estatales, o locales privados con atención al público.

La  Ley tiene como propósito establecer la obligatoriedad de contar con asientos para obesos en restaurantes, confiterías, bares, pub nocturnos, salas de espectáculos (como cines) y todo organismo y dependencia estatal o privada con atención al público.

Pieza Legal 

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




RESOLUCIÓN Nº 059/2.016
VISTO: El Expediente Nº 3.683 HC - 229-2014. Bloque Justicialismo Para Todos. Proyecto de Resolución: Adhesión a la Ley Provincial Nº8681, que refiere a la disposición de asientos especiales para personas obesas y con sobrepeso en reparticiones estatales, o locales privados con atención al público.
CONSIDERANDO: Que la Ley tiene como propósito establecer la obligatoriedad de contar con asientos para obesos en restaurantes, confiterías, bares, pub nocturnos, salas de espectáculos (como cines) y todo organismo y dependencia estatal o privada con atención al público.
Que resulta necesario definir algunas cuestiones; los términos “sobre peso” y “obesidad” se refieren al peso corporal total de una persona y sí este resulta demasiado alto. El sobre peso consiste en un exceso de peso corporal debido a la masa muscular, masa ósea, grasa o agua y la obesidad  consiste en cantidad  excesiva de grasa corporal.
Que en la actualidad  la obesidad constituye la enfermedad nutricional crónica no transmisible más frecuente que afecta por igual a hombres y mujeres.
Que ambas problemáticas: sobrepeso y obesidad constituyen uno de los mayores problemas de la sociedad moderna que afecta a niños, adolescentes, adultos y ancianos, siendo lo más preocupante el hecho de que la tendencia es creciente y progresiva.
Que este proyecto tiene que ver con el desarrollo de políticas públicas que permita que las personas afectadas por esta problemática no sean objeto de discriminaciones constantes.
Que además de buscar el método adecuado para la prevención y tratamiento de la obesidad, procurar que quienes padecen dicho trastorno puedan desenvolver sus actividades cotidianas de una manera normal, sin que la obesidad constituya para ello un obstáculo para su normal desarrollo.
Que se garantice de esta manera condiciones de igualdad y accesibilidad para hombres, mujeres y niños con obesidad a los espacios públicos.
Que el obeso se siente excluido a la hora de vestirse, viajar en transporte público o asistir a ciertos lugares públicos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Adherir a la Ley Nº 8681, que reglamenta  la obligatoriedad de disponer en ámbitos públicos y privados de libre acceso, con atención al público, asientos especiales para personas con obesidad y/u obesidad mórbida.
Cuyas aplicaciones son extensibles a:
Restaurantes, confiterías, bares, pub y  todos aquellos establecimientos que presenten similares características.
Salas de espectáculos tales como Cine y Centro de Convenciones, que deberán contar con un mínimo de dos asientos especiales.
Todo organismo o dependencia pública o privada con atención al público.
ARTICULO 2º: Comuníquese,  regístrese,  agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y archívese.
DADA EN  LA SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A  SIETE DÍAS DE ABRIL DE  DOS MIL DIECISEIS
Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                                PRESIDENTE
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Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente- Rosana Scheurer - Comisiones HCD

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