POSIBLES ADJUDICACIONES DE LOTES PARA USO PRIVADO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

Foto: www.google.com.ar/maps/ - Marcia Sepúlveda
Tras analizar la nota presentada por vecinos  del sector Este de la ciudad de Malargüe, adyacentes a las calles Valle Hermoso, Fray Inalican y Ejercito de los Andes, mediante la cual  denuncian  que  el predio  destinado a   Espacio Verde  ha sido loteado por el Departamento Ejecutivo Municipal para uso privado, y considerando que la petición realizada por los vecinos es de fundada razonabilidad y la asiste la legalidad y el derecho que emerge de dar cumplimiento a la Ordenanza 1.426/07, el Cuerpo de Concejales aprobó la  RESOLUCIÓN Nº 057/2.016.
Mediante la pieza Legal aprobada el pasado  7 de abril, en el marco de la 5º Sesión Ordinaria,   se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal proceda a relevar la situación generada en el predio que se ubica en la intersección de calles mencionadas, determinando la existencia de posibles adjudicaciones de lotes para uso privado por parte del Departamento Ejecutivo Municipal y/o algún funcionario actuante.

En caso de determinar la existencia de adjudicaciones de cualquier naturaleza para el predio en cuestión, que sean violatorios del contenido de la Ordenanza 1.426/07, la Resolución unánimemente aprobada no solo establece que  se proceda a dar cumplimiento  a la Ordenanza, sino además a reubicar a los potenciales adjudicatarios en otro terreno destinado a tal fin.

Pieza Legal 

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




RESOLUCIÓN Nº 057/2.016
VISTO: El Expediente Nº 3.875 HC – 242 – 2016 Interbloque Cambia Mendoza y Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Resolución: Ocupación irregular de lote destinado a plaza en calles: Valle Hermoso, Fray Inalican y Ejército de los Andes.
La nota presentada por vecinos  del sector Este de la ciudad de Malargüe, adyacentes a las calles Valle Hermoso, Fray Inalican y Ejercito de los Andes y que en la misma se denuncia que el predio que ubica en la intersección de las calles nombradas, ha sido loteado por el Departamento Ejecutivo Municipal para uso privado en contravención con lo establecido por la Ordenanza 1.426/07 de “Microzonificación de los usos del suelo de la ciudad y el oasis de Malargüe”. Articulo 30 (Zona cortina forestal).
CONSIDERANDO: Que la petición realizada por los vecinos es de fundada razonabilidad y la asiste la legalidad y el derecho que emerge de dar cumplimiento a la Ordenanza 1.426/07.
Que toda adjudicación de lotes y/o predios interiores de este terreno para cualquier uso privado, por parte de cualquier funcionario y/o autoridad municipal es nula de nulidad absoluta.
Que este Honorable Concejo Deliberante debe bregar por el estricto cumplimiento de las normas que sanciona y que luego resultan promulgadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, tal el caso de la Ordenanza 1.426/07.
 Que ningún Decreto del Departamento Ejecutivo puede resultar superior a la jerarquía de una Ordenanza emitida por este Honorable Cuerpo y por tanto cualquier Decreto o Resolución que se oponga al espíritu de una Ordenanza carece de validez jurídica o administrativa.
 Que ante la presentación de la denuncia que formulan los vecinos de la zona en cuestión, este Concejo Deliberante no puede menos que propender a la defensa de los estudios de impacto ambiental, urbanización y ubicación de espacios verdes, que fueran determinados y legislados luego de profundos estudios al respecto y que luego se traducen en piezas legales.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,  RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal proceda a relevar la situación generada en el predio que se ubica en la intersección de las calles Valle Hermoso, Fray Inalican y Ejercito de los Andes, destinada al uso de “Espacio Verde” por la Ordenanza 1426/07, determinando la existencia de posibles adjudicaciones de lotes para uso privado por parte del Departamento Ejecutivo Municipal y/o algún funcionario actuante.
ARTÍCULO 2º: En caso de determinar la existencia de adjudicaciones de cualquier naturaleza para el predio en cuestión, que sean violatorios del contenido de la Ordenanza 1.426/07 se proceda a dar cumplimiento  a la Ordenanza y reubicar a los potenciales adjudicatarios en otro terreno destinado a tal fin.
ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE  DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS. 
Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                                PRESIDENTE
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Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente- Rosana Scheurer - Comisiones HCD

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