EL EJECUTIVO MUNICIPAL DEBERÁ INFORMAR SOBRE LA RESTRICCIÓN DE USO DE BOLSAS DE POLIETILENO EN EL DEPARTAMENTO.
Teniendo en cuenta que desde el año 2011 en el Departamento rige la
Ordenanza Nº 1.528/2.011 “Programa de Reducción de Utilización de Bolsas de
Polietileno”, la cual establece en su Artículo 6 que a partir del 01 de Enero de
2.013 queda prohibido para todos los comercios o entidades la entrega de bolsas
de polietileno y que en numerosas oportunidades los turistas que visitan
nuestra Ciudad no tienen conocimiento de la existencia de la pieza legal
mencionada por lo cual al momento de realizar las compras, sobre todo en
supermercados, acarrea grandes molestias en los mismos, el Concejo Deliberante
consideró oportuno dar aprobación a la iniciativa de la Edil Paola Paleico, del
Bloque Frente Cambia Mendoza, cuyo objetivo principal es que los visitantes reciban información sobre la restricción de uso de bolsas de polietileno en el
Departamento.
De este modo bajo Ordenanza Nº
1823/2016 , el Departamento
Ejecutivo Municipal a través de la Dirección correspondiente, deberá proceder a
entregar folletería y colocar cartelería
informativa sobre la restricción de uso de bolsas de polietileno en todos los
organismos de Turismo del Departamento, incluyendo Pro Malargüe Casa Mendoza conjuntamente con
Pro Malargüe Sede San Rafael, en Puestos de Aduanas –Migraciones de los Pasos
Internacionales Pehuenche y Paso Vergara y en el acceso al Departamento en Ruta
40 Norte y Sur.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Comisiones HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.823/2.016
VISTO: El Expediente Nº 3.928 HC 246-2.016. Interbloque Cambia Mendoza – Frente U.C.R – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Información sobre la restricción de uso de bolsas de polietileno en todos los organismos de Turismo del Departamento.
Que desde el año 2011 en el Departamento rige la Ordenanza Nº 1.528/2.011 “Programa de Reducción de Utilización de Bolsas de Polietileno”
Y;
CONSIDERANDO: Que con fecha 28 de Abril de 2.011 se sancionó la Ordenanza 1.523/2.011 la cual establece en su Artículo 6 que a partir del 01 de Enero de 2.013 queda prohibido para todos los comercios o entidades la entrega de bolsas de polietileno.
Que en numerosas oportunidades los turistas que visitan nuestra Ciudad no tienen conocimiento de la existencia de la pieza legal mencionada por lo cual al momento de realizar las compras, sobre todo en supermercados, acarrea grandes molestias en los mismos.
Que si bien la Ordenanza es incuestionable desde el punto de vista técnico y en cuanto a lo que a desarrollo sustentable implica, será muy beneficioso la realización de campañas que pongan en conocimiento de la misma en las Direcciones de Turismo y en los Supermercados del Departamento.
Que el Departamento de Malargüe es caracterizado por ser uno de los atractivos turísticos más visitados de Mendoza en todas las temporadas del año.
Que es necesario informar a los visitantes de la restricción de uso de bolsas de polietileno en el Departamento, en la Dirección de Turismo y/o agencias operadoras, debido a que muchos de los turistas que visitan nuestro Departamento tienen un total desconocimiento.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ORDENA
ARTÍCULO 1º: Procédase por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección correspondiente, a entregar folletería y la colocación de cartelería informativa sobre la restricción de uso de bolsas de polietileno en todos los organismos de Turismo del Departamento.
ARTÍCULO 2º: Procédase a la colocación de cartelería dispuesta en el Art. 1º en Pro Malargüe Casa Mendoza conjuntamente con Pro Malargüe Sede San Rafael, en Puestos de Aduanas –Migraciones de los Pasos Internacionales Pehuenche y Paso Vergara y en el acceso al Departamento en Ruta 40 Norte y Sur.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOCE DÍAS DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
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