EL HCD DECLARÓ PATRIMONIO CULTURAL – HISTÓRICO AL PRIMER EDIFICIO POLICIAL DE MALARGÜE.


El primer edificio ocupado a los fines policiales en Malargüe, se situó en el Fortín El Alamito, en la zona ubicada en El Chacay, distante a quince kilómetros al Norte de la Ciudad de Malargüe, el cual quedó abandonado en ruinas por carecer de las medidas de seguridad donde no podía resguardarse a los privados de su libertad.

En el año 1.944 el Superior Gobierno de la Provincia Mendoza dispone la construcción de un moderno edificio que perdura hasta la actualidad y que en su parte posterior contaba con depósitos de forraje, comederos y caballerizas, actualmente mediante refacciones y construcciones generan espacios que se utilizan para la Sub-Delegación Bomberos y Tránsito.
La Ley 6.034, de alcance general, sobre Protección de Bienes que conforman el patrimonio cultural establece en su Art. 3º que "A los efectos de la presente ley se consideran integrantes del patrimonio cultural de la Provincia, todos aquellos bienes trascendentes que material y/o culturalmente reportan un interés antropológico, histórico, arqueológico, artístico, artesanal, monumental, científico y tecnológico, que significan o pueden significar un aporte relevante para el Desarrollo Cultural de Mendoza, que se encuentren en el territorio de la Provincia, o ingresen a él, cualquiera fuere su propietario, luego de su declaración como tales por la autoridad de aplicación”.

Por todo ello y considerando que el Expediente Nº 70536 de la Honorable Cámara de Diputados de Mendoza “Declarando Patrimonio Histórico Provincial el Edificio de la Comisaría 24º” y que la solicitud de Declaración de Patrimonio Histórico, cumple acabadamente con los requisitos exigidos por el Art. 4º de la Ley 6.034. el Concejo Deliberante aprobó  la ORDENANZA Nº 1.824/2.016, proyecto presentado por la Edil Patricia Cecconato del Bloque Frente UCR-Mopoma.

De este modo  y con aprobación unánime de los representantes de Malargüe, se Declaró como Patrimonio Cultural- Histórico del Departamento de Malargüe  al "Edificio de la Comisaría 24º", ubicado en Avenida San Martin N° 286 esquina Fray Inálican, de la Ciudad de Malargüe.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Comisiones HCD
Pieza Legal 

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743





ORDENANZA Nº 1.824/2.016
VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.933 HC 246 – 2.016. Interbloque Cambia Mendoza – Frente U.C.R – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Declarar de Interés Cultural – Histórico al Primer Edificio Policial de Malargüe.
El Expediente Nº 70536 de la Honorable Cámara de Diputados de Mendoza “Declarando Patrimonio Histórico Provincial el Edificio de la Comisaría 24º”
y;
CONSIDERANDO: Que el primer edificio ocupado a los fines policiales en Malargüe, se situó en el Fortín El Alamito, en la zona ubicada en El Chacay, distante a quince kilómetros al Norte de la Ciudad de Malargüe, el cual quedó abandonado en ruinas por carecer de las medidas de seguridad donde no podía resguardarse a los privados de su libertad.
Que ello transcurrió hasta las primeras décadas del año 1.900, por cuanto la Estancia La Orteguina ubicada en la zona de Cañada Colorada, había congregado a todo el grupo poblacional a su alrededor.
Que uno de sus propietarios y administradores Sr. Rufino Ortega (hijo), se instala y es nombrado Comisario “Ad-honorem”, el cual ofreció costear por su cuenta los gastos de instalación y pago de sueldos de los empleados policiales que demandara la creación de una Comisaría en Malargüe. Esta fue creada con jurisdicción en los Distritos de Malargüe y Rio Grande, debiendo ejercer vigilancia en la zona Norte, comprendida desde el cerro El Diamante hasta el cerro El Nevado, tocando con la confluencia del Río Grande con el Río Barrancas y por el Oeste la Cordillera de Los Andes.
Que sus primeros edificios eran de construcción de adobe de barro crudo, con un frente cuya entrada la definían dos grandes columnas con altas puertas y paredes.
Que mediante Decreto Nº 829, circulando en Suplemento de la Orden del Día N° 447, de fecha 17 de diciembre de 1.937, se autoriza la inversión de $6.600 para reparaciones en el edificio de la Comisaría General de Malargüe y es así que cambia su aspecto para transformarse en una construcción más sencilla a la vista, con un hall de entrada y reducidas dimensiones.
Que este inmueble fue habilitado en 1.950, siendo su Comisario el Sr. Leopoldo Benegas, de destacada actuación como Presidente de la Comisión Pro-Creación del Departamento de Malargüe o Gral. Juan Domingo Perón, quedando en forma definitiva con ubicación catastral en Avenida San Martín N° 286.
Que en primera instancia la Comisaría Central instalada en el punto denominado Cañada Colorada, actual Ciudad de Malargüe y antigua Villa del mismo nombre, tenía la denominación de "JEFATURA POLÍTICA DE MALAL - HUE", a partir de 1.915 recibe la denominación de "COMISARÍA GENERAL DE MALARGÜE", y ya en 1.945, adquiere la denominación definitiva de "COMISARÍA 24º MALARGÜE", según Resolución Nº 2.388, de fecha 6 de marzo del año 1.945, en el Suplemento de la Orden del Día N° 1081.
Que en el año 1.944 el Superior Gobierno de la Provincia Mendoza dispone la construcción de un moderno edificio que perdura hasta la actualidad y que en su parte posterior contaba con depósitos de forraje, comederos y caballerizas, actualmente mediante refacciones y construcciones generan espacios que se utilizan para la Sub-Delegación Bomberos y Tránsito.
Que la Ley 6.034, de alcance general, sobre Protección de Bienes que conforman el patrimonio cultural establece en su Art. 3º que "A los efectos de la presente ley se consideran integrantes del patrimonio cultural de la Provincia, todos aquellos bienes trascendentes que material y/o culturalmente reportan un interés antropológico, histórico, arqueológico, artístico, artesanal, monumental, científico y tecnológico, que significan o pueden significar un aporte relevante para el Desarrollo Cultural de Mendoza, que se encuentren en el territorio de la Provincia, o ingresen a él, cualquiera fuere su propietario, luego de su declaración como tales por la autoridad de aplicación.
Que según la Ley 1079 en su inciso 6 dictamina “proveer la construcción, conservación y mejoras de los edificios y monumentos públicos, paseos, plazas y demás obras Municipales.”
Que la presente solicitud de Declaración de Patrimonio Histórico, cumple acabadamente con los requisitos exigidos por el Art. 4º de la Ley 6.034.
Que asimismo el Decreto Nº 1.882 surge con la necesidad de reglamentar el procedimiento de intervención sobre los bienes inmuebles que posean declaratoria de bien del patrimonio Cultural Provincial.
Que,  se ha conceptualizado a los Bienes Patrimoniales:
a) Según la UNESCO, Patrimonio es nuestro legado del pasado, aquello con lo que vivimos hoy y lo que transmitimos a las generaciones futuras. Nuestro patrimonio cultural y natural es fuente irreemplazable de vida e inspiración. La definición de bien patrimonial estará abierta a cualquier forma de expresión de la herencia, identidad y diversidad cultural, con independencia de su naturaleza mueble o inmueble, material o intangible.
b) Según Ley Provincial Nº 6034: "...todos aquellos bienes trascendentes que material y/o culturalmente reportan un interés antropológico, histórico, arqueológico, artístico, artesanal, monumental, científico y tecnológico, que significan o pueden significar un aporte relevante para el desarrollo cultural de Mendoza, que se encuentren en el territorio de la Provincia, o ingresen a él, cualquiera fuere su propietario, luego de su declaración como tales por la Autoridad de Aplicación" (texto según Art. 3º Ley N° 6.034 modificada por Ley N° 6.133). También se encuentran comprendidos dentro de esta categoría los bienes enumerados por el art.4 de la Ley N° 6.034.
c)  Según Decreto Reglamentario N°1882/09: "Se consideran bienes patrimoniales, además de los enumerados en el Capítulo II de la Ley N° 6034: a) Los bienes patrimoniales protegidos por el Decreto Nacional N° 1063/82 y Decreto N° 3511/82. b) Los bienes considerados en las Leyes Nacionales N° 25743 "de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico" y N° 25568 "Convención sobre defensa del patrimonio arqueológico, histórico y artístico de las naciones americanas" (Convención de San Salvador)" (texto según Art. 2 del Anexo I del Decreto Reglamentario N°1882/09).
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DEPARTAMENTO DE MALARGÜE EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ORDENA
ARTÍCULO 1º: Declárese Patrimonio Cultural- Histórico del Departamento de Malargüe  al "Edificio de la Comisaría 24º", ubicado en Avenida San Martin N° 286 esquina Fray Inálican, de la Ciudad de Malargüe.
ARTÍCULO 2º: Procédase a su inscripción en la Dirección de Patrimonio Cultural dependiente de la Secretaría de Cultura de la Provincia de Mendoza, a los fines legales pertinentes.
ARTÍCULO 3º: Elévese copia de la presente pieza Legal a la Honorable Cámara de Diputados de Mendoza, a fin de incorporarlo al Expediente Nº 70536.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOCE DÍAS DE MAYO DE  DOS MIL DIECISEIS
     Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                               PRESIDENTE 

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