EL HCD SOLICITÓ AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, INFORME SOBRE LOS CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC).
Los Centros Integradores Comunitarios (CIC) constituyen un espacio público de integración comunitaria, para el encuentro y la participación de diferentes actores que trabajan de modo intersectorial y participativo, cuya misión es promover el desarrollo local en pos de la inclusión social y del mejoramiento de calidad de vida de la Comunidad.
Por ello y teniendo en cuenta las Inquietudes y proyectos presentados en uso de Banca del Ciudadano y que necesario tomar conocimiento de los antecedentes del uso y convenios celebrados entre el Departamento Ejecutivo y la Unión Vecinal del Barrio Cari Lauquen, respecto a la utilización y programación de actividades del Centro Integrador Comunitario, el Cuerpo de Ediles aprobó la RESOLUCIÓN Nº147/2.016.
Mediante la Pieza Legal aprobada en la 10º Sesión Ordinaria, se solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda remita copia al Honorable Concejo, del Convenio de los Centros Integradores Comunitarios (CIC).
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Comisiones HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 147/2.016
VISTO: El contenido de la Nota HC 138-2.016.Sr. Carlos
Benedetto en representación de la Unión Vecinal del Bº Cari Lauquen. Inquietudes
y proyectos para el Centro Integrador Comunitario (CIC) del Barrio Cari
Lauquen. Presentados en uso de Banca del Ciudadano.
Y;
CONSIDERANDO: Que es necesario tomar conocimiento de los
antecedentes del uso y convenios celebrados entre el Departamento Ejecutivo y
la Unión Vecinal del Barrio Cari Lauquen, respecto a la utilización y
programación de actividades del Centro Integrador Comunitario.
Que los Centros Integradores Comunitarios (CIC) constituyen
un espacio público de integración comunitaria, para el encuentro y la
participación de diferentes actores que trabajan de modo intersectorial y
participativo, cuya misión es promover el desarrollo local en pos de la
inclusión social y del mejoramiento de calidad de vida de la Comunidad.
EL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGÜE EN USO DE
LAS FACULTADES QUE
LE SON PROPIAS, RESUELVE
ARTÍCULO
1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que
corresponda remita copia a este Honorable Cuerpo del Convenio de los Centros
Integradores Comunitarios (CIC).
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese,
agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A
DOCE DÍAS DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
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