Tras analizar el proyecto elevado por la Dirección de Seguridad Ciudadana, el Concejo Deliberante Adhirió a la Ley Nacional Nº 26.363/ 08.
Mediante la mencionada Ley se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial para nuestro País. Una de las finalidades de esta Ley, es lograr la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio Nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales e internacionales.
Ademas mediante la Ley se dispone a la creación del Registro Nacional de Licencias de Conducir, del Registro Nacional de Estadísticas en Seguridad Vial e igualmente el Observatorio de Seguridad Vial, gestión que ya se ha implementado desde la Dirección de Seguridad Ciudadana, con el objeto de llegar a cada barrio y a los Malargüinos para tratar en la medida que sea posible, de disminuir la inseguridad e igualmente aportar desde esta área a la seguridad vial otorgando a cada ciudadano la constancia para habilitarlo legalmente a conducir un vehículo.
Por todo , el Cuerpo de Concejales aprobó la ORDENANZA Nº 1.836 /2.016, mediante la cual se Adhirió a la Ley Nacional Nº 26.363, en todas sus partes y cuya Autoridad de aplicación será la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Malargüe.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.836
/2.016
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 3.796/2.016 – 0. Dirección de Seguridad Ciudadana.
Proyecto de Ordenanza: Adherir a la Ley Nacional Nº 26.363.
Que en el año 2.008, fue sancionada por
el Gobierno Nacional, la Ley 26.363.
Y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada Ley, se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial
para nuestro País, invitando en su artículo 38 a todas las Provincias y
municipios a adherirse a la misma.
Que una de las finalidades de esta Ley,
es lograr la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio Nacional,
mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de
seguridad vial nacionales e internacionales.
Que en la misma se dispone a la creación
del Registro Nacional de Licencias de Conducir, del Registro Nacional de
Estadísticas en Seguridad Vial e igualmente el Observatorio de Seguridad Vial.
Que esta nueva gestión ha implementado
la Dirección de Seguridad Ciudadana, con el objeto de llegar a cada barrio y a
los Malargüinos para tratar en la medida que sea posible, de disminuir la
inseguridad e igualmente aportar desde esta área a la seguridad vial otorgando
a cada ciudadano la constancia para habilitarlo legalmente a conducir un
vehículo.
Que por lo expresado, se hace imprescindible
adherir a la Ley ya citada.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ORDENA
ARTÍCULO
1º: Adhiérase a la Ley Nacional Nº 26.363, en todas sus partes.
ARTÍCULO 2º: Desígnese como Autoridad de
aplicación de la presente a la Dirección de Seguridad Ciudadana de la
Municipalidad de Malargüe.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese,
regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las
actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA
SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIOCHO
DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
FUENTE: Comisiones HCD
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