Tras analizar el contenido del Expediente Nº 3.942
HC 247 -2.016, iniciativa de la Edil Marina La Rosa del Bloque Justicialista Frente Para La Victoria,
el Concejo Deliberante Adhirió a la Ley Provincial Nº 8.846/16.
La Ley Provincial Nº 8.846/16 presentada por el
Frente Para La Victoria y aprobada en la Legislatura Provincial, sintetiza los
reclamos manifestados por los productores ganaderos locales que ven afectados
sus piños por la depredación de carnívoros silvestres.
A nivel Nacional, el entonces Senador Nacional Cr.
Celso Alejandro Jaque impulsó y logró la aprobación de la Ley Nacional Nº
26.141 para la Recuperación, fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina, la
que fue sancionada el 30 de agosto de 2.006 y con decreto reglamentario Nº
1.502 del 23 de octubre de 2.007, inició su ejecución en Noviembre 2.009.
A nivel local
se visibilizó claramente el reclamo de los crianceros respecto de este tema en
el momento que se concretó el Parlamento Abierto impulsado por la Legislatura Provincial,
donde se destacaron algunos reclamos como la regularización de tierras de
puesteros y comunidades originarias, la escrituración de barrios y la
problemática de la depredación del ganado caprino por parte de animales
salvajes, como el puma y el zorro.
Esta Ley Provincial a la que se adhiere viene a
solucionar una gran parte de los reclamos formulados por los productores
caprinos y ovinos de la Provincia. El Fondo Especial de Compensación para
Productores Ovinos y Caprinos se tiene
prevista la entrega de subsidios no reintegrables a todos aquellos productores
Ovinos y Caprinos cuyo ganado sea afectado por la depredación de carnívoros silvestres,
con el objeto de paliar los perjuicios padecidos.
Por todo ello el Concejo Deliberante, Adhirió al
contenido y forma de la Ley Provincial Nº 8.846/16 “Fondo Especial de
Compensación para productores de Ovinos y Caprinos afectados por la Depredación
de Carnívoros Silvestres”
Además
se Invitó al Departamento Ejecutivo
Municipal a acompañar con acciones locales orientadas a la ganadería en el
Departamento y que contribuyan a mitigar la afectación de los piños por la
depredación de los carnívoros silvestres.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 312/2.016
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 3.942 HC 247 -2.016. Bloque Justicialista Frente
Para La Victoria. Proyecto de Resolución: Adhesión Ley Provincial Nº 8.4846/16.
La Ley Provincial Nº 8.846/16 presentada
por el Frente Para La Victoria y aprobada en la Legislatura Provincial y que
sintetiza los reclamos manifestados por los productores ganaderos locales que
ven afectados sus piños por la depredación de carnívoros silvestres.
Y;
CONSIDERANDO:
Que a nivel Nacional ya se han promulgado Leyes que destinan fondos especiales
para la actividad Ovina y Caprina como la Ley Nº 25.422 orientada a la
Recuperación de la Ganadería Ovina, que fue sancionada y promulgada en el mes
de Abril del año 2.001 e inició su ejecución en Noviembre del 2.003.
Que también a nivel Nacional, el
entonces Senador Nacional Cr. Celso Alejandro Jaque impulsó y logró la
aprobación de la Ley Nacional Nº 26.141 para la Recuperación, fomento y
Desarrollo de la Actividad Caprina, la que fue sancionada el 30 de agosto de
2.006 y con decreto reglamentario Nº 1.502 del 23 de octubre de 2.007, inició
su ejecución en Noviembre 2.009.
Que a nivel Provincial se han presentado
varios proyectos de Ley a lo largo de los años para tratar de proteger a
quienes se dedican culturalmente a esta actividad ganadera con caprinos y
ovinos, generando medidas para su protección y a la vez teniendo en cuenta los
marcos legales provinciales existentes en torno a la protección de la fauna
silvestre también.
Que a nivel local se visibilizó claramente
el reclamo de los crianceros respecto de este tema en el momento que se
concretó el Parlamento Abierto impulsado por la Legislatura Provincial y que se
desarrolló en el Centro de Convenciones y Exposiciones Teshaurus el jueves 9 de
agosto de 2.012 y se destacaron algunos reclamos como la regularización de
tierras de puesteros y comunidades originarias, la escrituración de barrios y
la problemática de la depredación del ganado caprino por parte de animales
salvajes, como el puma y el zorro.
Que con el Fondo Especial de
Compensación para Productores Ovinos y
Caprinos se tiene prevista la entrega de subsidios no reintegrables a todos
aquellos productores Ovinos y Caprinos cuyo ganado sea afectado por la
depredación de carnívoros silvestres, con el objeto de paliar los perjuicios
padecidos.
Que para acceder al beneficio los
solicitantes deberán acreditar el daño a través del procedimiento que determine
la Autoridad de Aplicación a nivel Provincial en forma conjunta con los
Municipios y los productores.
Que el beneficio previsto por la Ley
Provincial Nº 8.846/16 comprende exclusivamente los daños producidos por en las
crías durante la época de parición y es incompatible con cualquier otro
beneficio dispuesto por la misma causa, por normas Nacionales, Provinciales y/o
Municipales.
Que resulta de gran importancia que se
haga una correcta difusión a nivel local de los alcances de la Ley y de los
tiempos que la misma prevee, especialmente porque la solicitud del
beneficio deberá presentarse dentro de
los cinco días hábiles luego de
producido el daño y cualquier modificación a este requerimiento quedará en
manos de la Autoridad de Aplicación.
Que esta Ley Provincial a la que se
adhiere viene a solucionar una gran parte de los reclamos formulados por los
productores caprinos y ovinos de la Provincia, aunque, con seguridad es
necesario seguir avanzando en otros planos legales que den respuesta a
temáticas complementarias y de gran importancia para el efectivo desarrollo de
la actividad ganadera de rumiantes menores en la Provincia de Mendoza.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º:
Adherir al contenido y forma de la Ley Provincial Nº 8.846/16 “Fondo Especial
de Compensación para productores de Ovinos y Caprinos afectados por la
Depredación de Carnívoros Silvestres”
ARTÍCULO 2º:
Elevar copia de la Ley Provincial Nº 8.846/16 a las Delegaciones en Malargüe de
la Dirección Provincial de Ganadería y de la Dirección Provincial de Recursos
Naturales Renovables para su conocimiento y difusión entre los crianceros del
Departamento de Malargüe.
ARTÍCULO 3º:
Invitar al Departamento Ejecutivo Municipal a acompañar con acciones locales
orientadas a la ganadería en el Departamento y que contribuyan a mitigar la
afectación de los piños por la depredación de los carnívoros silvestres.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese
copia de la
presente en las
actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN
LA SALA DE SESIONES
DR. RICARDO BALBIN DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGÜE A VEINTIOCHO
DÍAS DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
FUENTE: Comisiones HCD
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