CONCEJAL JOSÉ BARRO SOLICITÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ORDENANZA QUE PERMITIRÍA EL FORTALECIMIENTO, DESARROLLO Y CREACIÓN DE EMPLEO LOCAL GENUINO
Foto. Concejales reunidos con ciudadanos desocupados
|
El pedido formulado por el Concejal
justicialista José Barro, se fundamenta en la necesidad de priorizar la compra de
productos locales, mano de obra local y atraer
inversiones.
“Es
muy importante que la Ordenanza Nº
1.776/2.015 se aplique de
inmediato, ya que es una normativa legal
que permitirá a nivel local fomentar el empleo y la producción, así como la
reactivación comercial” , expresó el Concejal justicialista autor del proyecto.
La pieza legal, aprobada el 30 de
julio del año 2015, ordena que se de preferencia a las pequeñas y medianas
Empresas instaladas en Malargüe con una
antigüedad comprobable de cinco (5) o más años, en las compras de bienes y
contrataciones de servicios que realice la Municipalidad de Malargüe, tanto por
parte del Departamento Ejecutivo Municipal como el Honorable Concejo
Deliberante, hasta un diez por ciento (10 %) más sobre los montos de las
ofertas efectuadas por Empresas y firmas foráneas, fomentando la generación de
empleo genuino y las actividades productivas del Departamento.
El
texto también hace hincapié en la demanda
laboral existente; en este sentido ordenó se procure que aquellas
empresas que no reúnan las condiciones establecidas en el Artículo 1 de la
normativa, y que resultaren favorecidas
con la adjudicación de obras o servicios
en nuestro Departamento, contraten un mínimo del setenta por ciento (70 %) de
mano de obra local.
Ayer,
tras haberse aprobado la Resolución mediante
la cual se autorizó a Presidencia del
Concejo Deliberante a solicitar al Departamento Ejecutivo regularice la implementación de la ordenanza
1.776/ 2015 en los llamados a licitación para adquisición de bienes y servicio, el
Concejal José Barro expresó que “la implementación
de la Ordenanza vigente desde el año
2015, permitiría no solo el fortalecimiento
y desarrollo local sino además la creación de empleo local genuino”.
___________________________
Marcia Sepúlveda
PRENSAHCD
Pieza Legal
ORDENANZA
Nº 1.776/2.015
VISTO: El Expte. Nº 3.769-HC-236-2.015.
Bloque Justicialista. Frente para la Victoria. Proyecto de Ordenanza:
Fortalecimiento, desarrollo y creación de empleo local genuino.
La
necesidad de priorizar la compra de productos a industrias y comercios locales,
como así también atraer inversiones.
y;
Que
dicho criterio sea aplicado en todo lo necesario para el normal funcionamiento de la estructura operativa de la Municipalidad de Malargüe,
tanto en lo atinente a la prestación de servicios como a la realización de la obra pública sean éstas con financiamiento propio o
externo, en tanto no exista una norma legal específica que lo prohíba.
Que
existe una resolución de este Honorable Cuerpo, bajo el Nº 4.284/99 en adhesión
a una pieza similar de la Cámara de Senadores de la Provincia ordena la
absorción obligatoria de un cupo de trabajadores malargüinos en las obras previstas a lo largo
de toda la extensión del territorio mendocino.
Que
bajo el Nº 1.151/2.002, existe una
Ordenanza de este Honorable Cuerpo que
ordena se dé preferencia a Empresas y/o
personas con residencia en Malargüe de dos o más años comprobables en las
adjudicaciones de toda licitación pública o privada realizadas en el Departamento ; debiéndose incorporar tal situación
en los pliegos licitatorios, con una tolerancia de hasta un 5 %
(cinco por ciento) más lo los montos de la oferta, para priorizar la
contratación de mano de obra local o prestación del servicio licitado.
Que
resulta necesario contar con una norma
legal que permita a nivel local fomentar
el empleo y la producción, así como la reactivación comercial.
Que
es preciso obrar en consecuencia.
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1º: Dése preferencia a las pequeñas y medianas
Empresas instaladas en Malargüe con una
antigüedad comprobable de cinco (5) o más años, en las compras de bienes y
contrataciones de servicios que realice la Municipalidad de Malargüe, tanto por
parte del Departamento Ejecutivo Municipal como el Honorable Concejo
Deliberante, hasta un diez por ciento (10 %) más sobre los montos de las
ofertas efectuadas por Empresas y firmas foráneas, fomentando la generación de
empleo genuino y las actividades productivas del Departamento.
ARTICULO 2º: Procúrese que aquellas
empresas que no reúnan las condiciones establecidas en el Artículo anterior y
que resultaren favorecidas con la
adjudicación de obras o servicios en nuestro Departamento, contraten un mínimo
del setenta por ciento ( 70 %) de mano de obra local.
ARTICULO 3º: Adóptense las medidas
tendientes a comunicar a las Empresas que actúan en nuestro Departamento, la
existencia de la presente norma, a efectos de que contemplen la aplicación de dicha modalidad en contrataciones futuras.
ARTICULO 4º: Invítese a la Cámara de
Comercio, Organizaciones Sindicales y
ONG´S actuantes en Malargüe, a difundir el contenido y la finalidad de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º: Remítase copia de la
presente a la Cámara de Comercio
Departamental ello, a los fines que la misma sea comunicada a todas las
Empresas, Comercio y Afines que puedan instalarse o próximos a instalarse en el Departamento.
ARTICULO 6º:Deróguese toda otra norma
legal local que se oponga a lo dispuesto en la presente.
ARTICULO 7º: Comuníquese, regístrese,
cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones
correspondientes y archívese.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A
TREINTA DÍAS DE JULIO DE DOS MIL
QUINCE.
Blanca Carolina Páez
José Eduardo Coria
Secretaria Presidente
Fuente: Comisiones HCD
Foto: Prensa HCD
Comentarios
Publicar un comentario