Por iniciativa del Edil Fernando Glatigny, y considerando que en la Municipalidad
de Malargüe se ha detectado una importante cantidad de propiedades escrituradas y que no se
han inscripto las respectivas transferencias por diversas causas, el
Concejo Deliberante de Malargüe autorizó
al Departamento Ejecutivo a realizar el cambio de Titular que figura como
contribuyente en la Dirección General de Rentas Municipal, mediante la
presentación de la Escritura Traslativa de Dominio inscripta en el Registro de
la Propiedad Raíz.
La presentación de la solicitud para dar
cumplimiento a la Ordenanza, podrá
realizarla en forma espontánea el contribuyente registrado en la Dirección
General de Rentas Municipal o el Titular que acredite mediante la Escritura
traslativa de dominio ser el nuevo propietario.
El actual Propietario podrá cancelar la deuda
municipal que exista sobre su fracción. De tomar un plan de pago el mismo
deberá quedar registrado a su nombre, liberando al contribuyente anterior de
todo compromiso sobre la propiedad transferida.
Para dar cumplimiento a lo establecido en la
presente Ordenanza se procederá a la formación de un Expediente administrativo
solicitando se realice el cambio de titularidad al actual propietario, siendo
requisitos presentar una nota ante mesa de entrada dirigida al Secretario de
Obras y Servicios Públicos para que el Área que corresponda se inicie el
trámite de la presentación espontánea adjuntando copia de la escritura que
originó el cambio de Titularidad, fotocopia del documento de identidad del
interesado, pago del canon establecido en la Ordenanza Tarifaria
correspondiente a la inscripción de transferencia y libre de deuda de la propiedad transferida
o comprobante de la firma de compromiso de plan de pago.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.872/2.016
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 4.100 HC 258 – 2.016. Bloque Frente UCR – MOPOMA.
Proyecto de Ordenanza: Cambio de Titular mediante presentación espontanea del
Contribuyente registrado o del nuevo propietario presentando copia certificada
de Escrituras Traslativas de Dominio.
Que se ha detectado en la Municipalidad
de Malargüe, una importante cantidad de propiedades escrituradas y que no se
han inscripto las respectivas transferencias por diversas causas.
Y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Tierras, Catastro y Ordenamiento Territorial del Departamento Ejecutivo cuenta con un Registro
Catastral el cual debe mantenerse totalmente actualizado, tanto en el aspecto
físico como en el jurídico.
Que es obligación por parte de la
Dirección de Tierras de la Municipalidad de Malargüe, mantener un vínculo con
la Dirección de Rentas, para que no difiera la cantidad de fracciones con la
cantidad de contribuyentes.
Que existiendo la Ordenanza Nº 704/1995,
que permite inscribir todos los fraccionamientos y/o unificaciones de parcelas
mediante los planos aprobados por la Dirección Provincial de Catastro, sería de
gran ayuda reglamentar la presentación espontánea por parte de los ciudadanos
para que la Dirección de Rentas tenga también actualizada la titularidad de
dominio.
Que cuando la transferencia del inmueble ingresa al
Departamento Ejecutivo, en la mayoría de los casos cuentan con deuda de
servicios que según la Ordenanza Nº 704/1.995 puede esta deuda dividirse
en forma proporcional.
Que la Dirección de Rentas debe tomar
como obligación el seguimiento de este trámite asesorando al titular, para que
ese inmueble no llegue a pago por vía de apremio.
Que es significativa la cantidad de contribuyentes
que figuran morosos en la Municipalidad de Malargüe de inmuebles que han
vendido y escriturado hace varios años.
Que si bien es obligatorio que los
Escribanos corran la transferencia y al hacerlo quedan frenadas en el Municipio
por la existencia de una deuda, muchas veces insignificante, pero no se les ha
notificado a los nuevos titulares habiendo quedado el tramite inconcluso.
Que es necesario crear una pieza legal,
para dar solución a quienes ya no son propietarios de ciertos inmuebles
figurando como tal en el Registro Catastral y como contribuyentes en calidad de
morosos en la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Malargüe.
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍULO 1°:
Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar el cambio de Titular que figura
como contribuyente en la Dirección General de Rentas Municipal, mediante la
presentación de la Escritura Traslativa de Dominio inscripta en el Registro de
la Propiedad Raíz.
ARTÍCULO 2°: La
presentación de la solicitud para dar cumplimiento al Artículo 1°, podrá
realizarla en forma espontánea el contribuyente registrado en la Dirección
General de Rentas Municipal o el Titular que acredite mediante la Escritura
traslativa de dominio ser el nuevo propietario.
ARTÍCULO 3º: El
actual Propietario podrá cancelar la deuda municipal que exista sobre su
fracción. De tomar un plan de pago el mismo deberá quedar registrado a su
nombre, liberando al contribuyente anterior de todo compromiso sobre la
propiedad transferida.
ARTÍCULO 4º: De
no existir en la Dirección de Tierras –
Catastro y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad de Malargüe, copia del
plano de mensura o fraccionamiento que figura en la documentación presentada,
se deberá exigir copia otorgada por la Dirección Provincial de Catastro.
ARTÍCULO 5°:
Para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza se procederá a
la formación de un Expediente administrativo solicitando se realice el cambio
de titularidad al actual propietario, siendo requisitos presentar una nota ante
mesa de entrada dirigida al Secretario de Obras y Servicios Públicos para que
el Área que corresponda se inicie el trámite de la presentación espontánea
adjuntando copia de la escritura que originó el cambio de Titularidad, fotocopia
del documento de identidad del interesado, pago del canon establecido en la
Ordenanza Tarifaria correspondiente a la inscripción de transferencia y libre de deuda de la propiedad transferida
o comprobante de la firma de compromiso de plan de pago.
ARTÍCULO 6°: La
presente Ordenanza no exime al Escribano interviniente a realizar la
presentación de las transferencias de las escrituras que realice dentro del
Departamento de Malargüe.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese,
cúmplase, publíquese, agréguese copia
de la presente
en las actuaciones
correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.
RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MALARGÜE A VEINTICUATRO DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Fuente: Comisiones - Administración HCD
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