NUEVO MARCO NORMATIVO PARA ORDENAR ELTRÁNSITO EN TORNO AL INGRESO/EGRESO DE ALUMNOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE LA CIUDAD.
Ordenanza: Demarcación de espacio reservado para el ingreso y egreso frente a los Establecimientos Educativos. |
Cada inicio lectivo representa entre otras cosas el regreso de los trastornos de tránsito en inmediaciones de escuelas de nuestra ciudad.
En horarios de ingreso y egreso de alumnos, el tránsito se vuelve caótico y peligroso. El gran problema es la falta de lugares para estacionar y la desesperación por encontrarlos como sea, aun en espacios prohibidos.
Tras analizar el Expediente Nº 4.110 HC 259, proyecto de la Concejal Patricia Cecconato (Bloque UCR-MoPoMa) y considerar que la situación del tránsito en torno a los establecimientos educativos en los horarios de ingreso y egreso debe ser atendida con urgencia, el Cuerpo Legislativo ordenó la demarcación de espacio reservado para el ingreso y egreso frente a los Establecimientos Educativos.
La Ordenanza Municipal no solo estipula la identificación del espacio reservado y la delimitación con pintura reglamentaria amarilla 50 mts en las calles de un solo sentido y 100 mts como máximo en las calles de doble sentido de circulación, sino además la correspondiente colocación de cartelería vial con referencia a días y horarios en las que tendrá vigencia la restricción.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.871/2.016
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 4.110 HC 259 – 2.016. Interbloque Cambia Mendoza -
Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Demarcación de espacio reservado
para el ingreso y egreso frente a los Establecimientos Educativos de la Ciudad
de Malargüe con restricción para el estacionamiento vehicular.
La congestión e impedimento del tránsito vehicular
frente a los Establecimientos Escolares de nuestro Departamento y las
consecuencias que produce.
Y;
CONSIDERANDO:
Que es imprescindible descongestionar las entradas de las escuelas de vehículos,
evitando imprudencias tanto de los conductores como de los peatones que
circulan.
Que es responsabilidad del estado velar por la
integridad de los niños y adolescentes impidiendo riesgos a la salida de los
establecimientos escolares.
Que la prevención: es la preparación y disposición que
se hace anticipadamente para evitar un riesgo, tumultos, disturbios y un
momento desestabilizador minimizando la posibilidad de accidentes.
Que surge entonces la necesidad de readecuar la
estructura vial, para mejorar y racionalizar los medios de transporte.
Que las normativas deberán garantizar la protección
para el desarrollo integral y armónico del niño.
Que se valoriza la vida del prójimo y la propia como
algo fundamental, como una correcta forma de convivencia.
Que la Convención de los Derechos del niño, expresa en
su artículo Nº 4 que todos los gobiernos que adhieren deben arbitrar las
medidas necesarias para que se cumplan.
Que hay horarios de entrada y salida de las escuelas
que se encuentran en simultáneo con otras reparticiones lo que incrementa la
transitabilidad produciendo caos vehicular.
Que en los horarios de ingreso y egreso del alumnado y
personal dependiente de los establecimientos educativos, las personas que
transitan en ese horario se exponen a constante riesgo, debido a la ausencia de
ordenamiento para una correcta circulación.
Que generalmente en las calles, en las que se
encuentra el acceso principal a las escuelas, se producen a diario
embotellamiento de vehículos debido a que los mismos estacionan en ambos lados,
impidiendo la fluida circulación.
Que en varias oportunidades el desorden vehicular
altera el normal movimiento poniendo en riesgo la vida de las personas que allí
concurren, principalmente los alumnos, quienes por su corta edad, desconocen el
peligro que esto ocasiona.
Que la presente iniciativa responde a un pedido de los
padres de nuestra comunidad.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Identifíquese
como espacio reservado para el ingreso y egreso a los Establecimientos
Educativos, con restricción para el estacionamiento vehicular, al demarcado
específicamente para ese fin.
ARTÍCULO 2º: Delimítese
como espacio reservado aquel identificado con pintura reglamentaria amarilla
siendo como mínimo 50mts en las calles
de un solo sentido y 100mts como máximo en las calles de doble sentido de
circulación, tomando siempre como referencia la puerta de acceso principal al
establecimiento escolar.
ARTÍCULO 3º: Colóquese
la cartelería vial correspondiente con la indicación de días y horarios en las
que tendrá vigencia la restricción mencionada en los Artículos 1º y 2º.
ARTÍCULO 4º: Infórmese a los organismos intervinientes
del orden Municipal y Provincial.
ARTÍCULO 5º: Inclúyase una partida presupuestaria de
obras públicas para dar cumplimiento a la presente Ordenanza en el Presupuesto
Municipal 2.017.
ARTÍCULO 6º: Envíese copia de la presente pieza legal
a la Subdelegación Administrativa de la Dirección General de Escuelas en
Malargüe y por su intermedio a todos los establecimientos educativos de la
Ciudad de Malargüe.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese
copia de la
presente en las
actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.
RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MALARGÜE A VEINTICUATRO DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Fuente: Comsiones - Admisnitración HCD
Foto: www.d
ESTA BIEN . NO CREAN NADA QUE NO ESTUVIERA HECHO, PERO LO PONEN VIGENTE.
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