EL HCD DECLARÓ DE USO Y DOMINIO PÚBLICO UNA DE LAS CALLES DE LA CIUDAD


Considerando la necesidad de que desde el  Cuerpo Deliberativo se declarara el uso y dominio público de una de las calles de la ciudad,  para que la Empresa  EDEMSA  conectara las viviendas  de ese  domicilio al Servicio de energía eléctrica, los Concejales aprobaron la ORDENANZA Nº 1.886/2.017, iniciativa del Edil Mauricio Martínez (Bloque Cambia Mendoza)
El texto aprobado no solo  impone el nombre  Laguna Blanca a la calle que figura en plano catastral,  además Determina  el  uso y dominio público de la calle  mencionada. 
Marcia Sepúlveda
Prensa HCD 

Pieza Legal




Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina

Tel/Fax: (0260) 4471743

ORDENANZA Nº 1.886/2.017
VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.156 HC 262 – 2.017. Interbloque Cambia Mendoza y Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Denominar Calle “Laguna Blanca” para su uso y dominio Público a la calle anexada en plano catastral”.
La necesidad de denominar con nombre y darle uso y dominio público a dicha calle.
Y;
CONSIDERANDO: Que las personas que viven en ese domicilio cuentan con los permisos  para bajar la luz, tienen papeles de tenencia, pero EDEMSA no les puede conectar por no estar declarada la calle para uso y dominio público por parte del Honorable Concejo Deliberante.
            Que es de vital importancia poder continuar con el progreso de la Comunidad de Malargüe que crece día a día.
Que se hace necesario desde este Cuerpo Deliberativo declarar esta calle de uso y dominio público.
Que la Oficina de Catastro ya cuenta en sus planos la apertura de calle mencionada.
Que se anexa planos catastrales especificando la ubicación.
Que este Cuerpo Deliberativo tiene la facultad de asignar un nombre y los vecinos de la zona sugirieren el nombre Laguna Blanca para la misma.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Determínase como calle Laguna Blanca a la calle que figura en plano catastral como Anexo I de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º: Determínase el uso y dominio público de la calle denominada Laguna Blanca en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO  3:  Comuníquese,  regístrese,  cúmplase, publíquese,  agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y archívese.
DADA  EN  LA  SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A   OCHO DÍAS DE JUNIO  DE  DOS  MIL  DIECISIETE.
 Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria                                                            PRESIDENTE
Proyecto de  Concejal Mauricio Martínez (Bloque Cambia Mendoza)
Fuente: Mabel López  - Subdirectora de Administración y Recursos Humanos. HCD
Foto: - Marcia Sepúlveda - Plano catastral adjunto en Ordenanza 1.886/2017

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