Imagen - Diseño Prensa HCD |
En el marco de la 14º Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 6 de julio del corriente, a través de la RESOLUCIÓN Nº 216/2.017 el Cuerpo Concejales aceptó el veto dispuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto Nº 1.272/2.016 de la Ordenanza Nº 1.849/2.016
La Ley Nº 1.079 Orgánica De Municipalidades de la Provincia de Mendoza, en su Artículo 92º establece que "... Toda ordenanza sancionada por el Concejo, que no fuere observada por el Intendente dentro de los cinco días hábiles de serle comunicada, se considerará promulgada y se inscribirá en el Registro Municipal, llevado en la Intendencia. En caso de veto por parte de la Intendencia, se requerirá el voto de la mayoría absoluta de los miembros que componen el Concejo para insistir en su sanción". Ademas establece que ningún proyecto de ordenanza rechazado totalmente por el Concejo Deliberante, podrá repetirse en las sesiones del año.
La Ley Nº 1.079 Orgánica De Municipalidades de la Provincia de Mendoza, en su Artículo 92º establece que "... Toda ordenanza sancionada por el Concejo, que no fuere observada por el Intendente dentro de los cinco días hábiles de serle comunicada, se considerará promulgada y se inscribirá en el Registro Municipal, llevado en la Intendencia. En caso de veto por parte de la Intendencia, se requerirá el voto de la mayoría absoluta de los miembros que componen el Concejo para insistir en su sanción". Ademas establece que ningún proyecto de ordenanza rechazado totalmente por el Concejo Deliberante, podrá repetirse en las sesiones del año.
Cabe recordar que la Ordenanza vetada, proyecto del Concejal Mauricio Martínez que fuera aprobada el 25 de agosto del 2016, establecía la creación del Programa de Campañas de Concientización de la Municipalidad de Malargüe, mediante las cuales la Autoridad de Aplicación debía detectar la temática a trabajar (medioambiente, trabajo, violencia familiar, derechos del consumidor, derechos del Niño/a, Mujer, Discriminación, Identidad, Contribuyentes, seguridad vial, etc.) de acuerdo a la demanda de la comunidad.
NOTAS RELACIONADAS:
SEP 6 2016 EL HCD CREÓ EL PROGRAMA DE CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACIÓN.// http://prensahcdmalargue.blogspot.com.ar/2016/09/el-hcd-creo-el-programa-de-campanas-de.html
Marcia Sepúlveda
Prensa HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 216/2.017
VISTO. El Expte. Nº
3.940-HC-246-2.016.Interbloque Cambia Mendoza-Frente UCR-MOPOMA.
Proyecto de Ordenanza: Programa de
Campañas de Concientización.
y;
CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto Nº 1.272/2.016 ha procedido
a Vetar en todas sus partes la Ordenanza Nº 1.849/2.016.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar el veto
dispuesto por el Departamento Ejecutivo
Municipal mediante Decreto Nº 1.272/2.016 de la Ordenanza Nº
1.849/2.016 en todas sus partes.
ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en
las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.
RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MALARGÜE A SEIS DÍAS DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE.
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Fuente: Natalia Zanabria - Comisiones HCD
Imagen: Imagen - Diseño Prensa HCD
Comentarios
Publicar un comentario