Foto Edificio Municipal- Archivo Prensa Ejecutivo Municipal |
Tras analizar y considerar la necesidad de proceder a efectuar un Traspaso de Partidas a efectos de poder contabilizar diversas cuentas de la Jurisdicción 01 Departamento Ejecutivo Municipal, el Cuerpo de Concejales aprobó la ORDENANZA Nº 1.889/2.017
De este modo el Deliberativo local ordenó el Traspaso de Partidas del Presupuesto vigente Ordenanza Nº 1.875/2.017, por la suma de PESOS 10.582.985,94 (Diez millones quinientos ochenta y dos mil novecientos cincuenta y ocho con ochenta y cuatro) de Erogaciones de Capital a Erogaciones Corrientes de acuerdo al siguiente detalle: viviendas Sociales transferencias sub partidas Ayuda Social directa por la suma de pesos (5.000,000), mantenimiento de Redes eléctricas, calles, redes de agua, plazas y edificios municipales Erogaciones Corrientes partida conservación de inmuebles, conservación de bienes muebles o bienes de capital , elementos para conservaciones, por la suma de pesos 2.933.350,00 (Dos millones novecientos treinta y tres mil trescientos cincuenta. Según Anexo I y II.
Además bajo el artículo 2 de la pieza aprobada, ordenó Disminuir medios de transportes, por la suma de $2.649.608,8 y ajustar otras partidas de bienes y servicios conforme a lo ejecutado al 17/05/2.017 fecha en que se aprobó el presupuesto.
Marcia Sepúlveda
Prensa HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.889/2.017
VISTO: El Expte. Nº 3.414/17-0. Contador Gral. Ordenanza Nº
1.875/17. Presupuesto Gral. de Gastos y Recursos.
Que a la fecha han resultado insuficientes las Partidas Presupuestarias para el año 2.017
(Ordenanza Nº 1.875/2.017).
y;
CONSIDERANDO: Que se hace necesario
proceder a efectuar un Traspaso de Partidas a efectos de poder contabilizar diversas cuentas de la
Jurisdicción 01 Departamento Ejecutivo Municipal.
Que se debe
realizar transferencias de Erogaciones
de Capital a Erogaciones corrientes
Que se debe
proceder a lo establecido por la reglamentación en vigencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1º: Procédase al Traspaso de Partidas del Presupuesto vigente Ordenanza Nº 1.875/2.017, por la suma
de PESOS 10.582.985,94 (Diez millones quinientos ochenta y dos mil novecientos cincuenta y ocho con ochenta y cuatro)
de Erogaciones de Capital a Erogaciones Corrientes de acuerdo al
siguiente detalle: viviendas Sociales transferencias sub partidas Ayuda
Social directa por la suma de pesos (5.000,000),
mantenimiento de Redes eléctricas,
calles, redes de agua, plazas y edificios municipales Erogaciones Corrientes partida conservación de inmuebles, conservación de
bienes muebles o bienes de capital , elementos para conservaciones, por la suma
de pesos 2.933.350,00 (Dos millones novecientos
treinta y tres mil trescientos cincuenta. Según Anexo I y II.
ARTÍCULO 2º: Disminuir medios de transportes, por la suma de
$2.649.608,84. Y ajustar otras partidas de bienes y servicios conforme a lo
ejecutado al 17/05/2.017 fecha en que se aprobó el presupuesto.
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá
remitir la rendición de
montos correspondientes, respecto del
dinero afectado en el presente.
ARTICULO 4º: Tome conocimiento contaduría Municipal, a los efectos que
hubiere lugar.
ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese,
cúmplase, publíquese, agréguese copia
de la presente
en las actuaciones
correspondientes y archívese.
DADA
EN LA SALA
DE SESIONES DR.
RICARDO BALBIN DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE
MALARGÜE A VEINTINUEVE DÍAS DE JUNIO DE
DOS MIL DIECISIETE.
Blanca C. Paez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
ARTICULO 92º DE LA LEY Nº 1.079 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES. PROVINCIA DE MENDOZA
... Toda ordenanza sancionada por el Concejo, que no fuere observada por el Intendente dentro de los cinco días hábiles de serle comunicada, se considerará promulgada y se inscribirá en el Registro Municipal, llevado en la Intendencia.
En caso de veto por la Intendencia, se requerirá el voto de la mayoría absoluta de los miembros que componen el Concejo para insistir en su sanción.
Ningún proyecto de ordenanza rechazado totalmente por el Concejo, podrá repetirse en las sesiones del año.Proyecto del Ejecutivo Municipal Contador General.
Fuente: Mabel López - Subdirectora de Administración y Recursos Humanos. HCD
Foto: Edificio Municipal- Archivo Prensa Ejecutivo Municipal
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