El proyecto pertenece al Concejal Prof. Raúl Rodríguez del Bloque Justicialista Frente Para La Victoria.
Ante la proximidad de la época de quemas a campo abierto y que en reiteradas ocasiones estas quemas con falta de cuidados y controles, han causado incendios con resultados lamentables, provocando daños materiales en viviendas e incluso poniendo en riesgo la vida de personas que habitan la zona, el Cuerpo de Ediles aprobó la RESOLUCIÓN Nº 321/2.017
Mediante la Pieza legal se adhiriere a la Ley de Prevención y Lucha contra incendios en Zonas Rurales Nº 6099 de Recursos Naturales de la Provincia de Mendoza.
Bajo el artículo 2 de la resolución aprobada, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante quien corresponda la conformación en la Delegación Malargüe de la Dirección de Recursos Naturales Renovables de un Registro de Responsables de realizar la quema controlada, estableciendo día y hora para la misma.
Además la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de Malargüe deberá contar con una copia del Registro mencionado y desde allí notificar en forma permanente a la Delegación Bomberos de la Seccional 24º la Policía de Mendoza.
La Autoridad de Aplicación establecida por la Ley, establecerá las multas y/o sanciones de no estar registrado los responsables.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 321/2.017
Visto: El contenido del Expediente
Nº 4.238 HC 268 – 2.017. Bloque Justicialista Frente Para La Victoria. Proyecto
de Resolución: Controlar quema de pastizales de campos abiertos.
La
proximidad de la época de quemas controladas a campo abierto.
Y;
CONSIDERANDO: Que en nuestro país se utilizan las quemas o el fuego, como herramienta
para eliminar residuos vegetales que quedan después de faenas agrícolas y
forestales en predios rurales.
Que además el uso del fuego es una
práctica común en las actividades agrícolas tradicionales debido
fundamentalmente a su bajo costo y fácil acceso.
Que las limitaciones
económicas y sociales que implican la adopción del uso del fuego como una
alternativa, hace casi inevitable que debamos reconocer su uso como una
necesidad para la población.
Que estas quemas en reiteradas ocasiones, han causado incendios
con resultados lamentables, provocando daños materiales en viviendas e incluso
poniendo en riesgo la vida de personas que habitan la zona.
Que la falta de cuidados,
constituye una de las principales causas de los incendios forestales en nuestro
país.
Que es posible realizar,
quema controlada, de forma segura y planificada, manteniéndola bajo control
dentro de un área determinada.
Que antes de realizar una
quema controlada, es necesario habilitar brechas cortafuego. Teniendo fajas
limpias de vegetación alrededor del terreno a ser quemado evitando así, que el fuego pase a otras áreas.
Que es necesario, que antes
de realizar una quema, los responsables de la misma soliciten los permisos
correspondientes, a las autoridades competentes, de manera que las mismas, se
puedan planificar comunicando a vecinos el día de la quema e incluso
solicitando el apoyo de los mismos.
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Adherir a la Ley de
Prevención y Lucha contra incendios en Zonas Rurales Nº 6099 de Recursos Naturales de la Provincia
de Mendoza.
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal gestione
ante quien corresponda la conformación en la Delegación Malargüe de la Dirección de
Recursos Naturales Renovables de un Registro
de Responsables de realizar la quema controlada, estableciendo día y hora para la misma.
ARTÍCULO 3º: Establecer la obligación de contar con una copia de dicho
Registro en la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de Malargüe
y desde allí notificar en forma permanente a la Delegación Bomberos de
la Seccional 24º la Policía de Mendoza.
ARTÍCULO 4º: Acordar que será la Autoridad de
Aplicación establecida por la Ley quien establecerá las multas y/o sanciones de
no estar registrado los responsables.
ARTÍCULO
5°: Comuníquese,
regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes
y archívese.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DIAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Proyecto del Concejal Raúl Rodríguez del Bloque Justicialista FPV
Fuente: Mabel Lopez - Administración HCD
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