EL HCD SOLICITÓ UN INFORME SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE.
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Proyecto del Concejal Raul Rodríguez del Bloque Justicialista Frente Para La Victoria.
La Ley Argentina Nº 25.673 sobre el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación responsable, promulgada en noviembre de 2002, promueve la creación de un programa de salud pública en el ámbito del Ministerio de Salud.
Los objetivos que incluye este programa son: alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable, reducir morbimortalidad materno – infantil, promover la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable, entre otros objetivos.
Por ello y considerando que resulta indispensable la puesta en marcha del citado Programa en cada Municipio el Cuerpo de Ediles solicitó al Departamento Ejecutivo informe sobre el estado actual de la implementación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable Ley 25.673.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 350/2.017
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 4.281 HC 272 – 2.017. Bloque Justicialista Frente
Para La Victoria. Proyecto de Resolución: Solicitar informe sobre
implementación en Malargüe del Programa Nacional Salud Sexual y Procreación Responsable
Ley 25.673.
El uso de la Banca del Ciudadano por
Vecinos de Malargüe el jueves 31 de agosto próximo pasado.
Y;
CONSIDERANDO: Que
la Ley Argentina Nº 25.673 sobre el Programa Nacional de Salud Sexual y
Procreación responsable, promulgada en noviembre de 2002, la que promueve la creación de un
programa de salud pública en el ámbito del Ministerio de Salud.
Que los objetivos que incluye este
programa son: alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y
procreación responsable, reducir morbimortalidad materno – infantil, promover
la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual
y procreación responsable, entre otros objetivos.
Que la planificación y la promoción
de todas las acciones de prevención de salud contribuyen a la salud pública de
la población.
Que se trata de programas que se
implementaran luego de estudios sociales previos a fin de abordar la problemática
integralmente con criterio de prevención.
Que resulta indispensable la puesta
en marcha del citado Programa en cada Municipio
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º:
Solicitar al Departamento Ejecutivo informe sobre el estado actual de la
implementación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable
Ley 25.673.
ARTÍCULO 2º:
Elevar copia de la presente pieza legal al Departamento Ejecutivo Municipal, a
la Secretaria de Gobierno y a la Dirección de Servicio y Crecimiento Social.
ARTÍCULO 3º:
Difundir el contenido y forma de la presente pieza legal desde la Oficina de
Prensa del Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de
la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN
DIAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Proyecto del Concejal Raul Rodríguez del Bloque Justicialista Frente Para La Victoria.
Fuente: Mabel Lopez - Administración HCD
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