EL HCD INSISTIÓ EN LA SANCIÓN DE LA ORDENANZA Nº 1.893/2.017, NO DANDO ACUERDO AL VETO IMPUESTO POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
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Fruto de las reuniones mantenidas con distintas áreas del Departamento Ejecutivo Municipal, el Concejo Delibrenate vioexpresamente la necesidad de dejar sin efecto la nota al pie de los artículos 21º al 48º de la Ordenanza Nº 1.426/07 y concretar la creación de la UTGURA de Malargüe como una forma de compartir la responsabilidad de la Oficina de Ordenamiento Territorial en casos especiales con otras áreas técnicas de la Municipalidad y de otros organismos Técnicos toda vez que puedan realizar aportes y brindar claridad en las temáticas.
A pesar de ello, y por atribución conferida por la Ley Nº 1.079 Orgánica de Municipalidades en los art. 92º y 105º inc. 6, respecto a observar las Ordenanzas consideradas inconvenientes, el Departamento Ejecutivo Municipal elevó al Honorable Concejo Deliberante el Decreto Nº 1.035/2.017, manifestando desacuerdo a lo solicitado.
El pasado 28 de septiembre el Cuerpo de Ediles aprobó la RESOLUCIÓN Nº 362/2.017, mediante la cual Insiste en la sanción de la Ordenanza Nº 1.893/2.017, no dando acuerdo al Veto impuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre Decreto Nº 1.035/17.
Notas Relacionadas: EL HCD MODIFICÓ LA ORDENANZA Nº 1.426/2.007 http://prensahcdmalargue.blogspot.com.ar/2017/08/el-hcd-modifico-la-ordenanza-n-14262007.html
Marcia Sepúlveda
Prensa HCD
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 362/2.017
VISTO: La
Ordenanza Nº 1.893-2.017. Honorable Concejo Deliberante. Proyecto de
Ordenanza: Modificación de la
Ordenanza Nº 1.426/07.
y;
CONSIDERANDO: Que fruto de las reuniones mantenidas
con distintas áreas del Departamento Ejecutivo Municipal, se ve expresamente la
necesidad de dejar sin efecto la nota al pie de los artículos 21º al 48º de la Ordenanza Nº 1.426/07 y
concretar la creación de la UTGURA de Malargüe como una forma de compartir la responsabilidad de la Oficina
de Ordenamiento Territorial en casos especiales con otras áreas técnicas de la Municipalidad y de otros
organismos Técnicos toda vez que puedan
realizar aportes y brindar claridad en las temáticas.
Que
el Departamento Ejecutivo Municipal,
ha elevado a
este Honorable Concejo
Deliberante el Decreto Nº
1.035/2.017, manifestando desacuerdo a lo
expresamente solicitado
Que es atribución
del Departamento Ejecutivo Municipal conferida por
la Ley Nº 1.079 Orgánica de
Municipalidades en los art. 92º y 105º inc. 6, respecto a observar
las Ordenanzas consideradas
inconvenientes.
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE MALARGÜE EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Insistir
en la sanción de
la Ordenanza Nº 1.893/2.017, no
dando acuerdo al Veto impuesto por el
Departamento Ejecutivo Municipal
sobre Decreto Nº 1.035/17.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la
presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIOCHO DIAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Secretaria PRESIDENTE
Fuente: Mabel López- Admin istración HCD
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