https://www.google.com.ar/maps/@-35.4490857,-69.5861878,3a,75y,358.97h,9 |
El proyecto pertenece a la Edil Paola Paleico del Bloque Cambia Mendoza.
En el año 2009 mediante la Ordenanza Nº 1.459, fue dispuesta la concreción de la obra mencionada para salvaguardar a peatones y automovilista. Por ello en el marco de la 24º Sesión Ordinaria y considerando que tras reuniones mantenidas con la Dirección de Obras Públicas, se ha manifestando que la obra se haría por administración, pero no existen novedades sobre su concreción y ante necesidad de concretar la obra de refacción del puente Ruta Nacional Nº 40 (N), a la altura del Arroyo La Bebida, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propias, aprobó la ORDENANZA Nº 1.906/2.017
Mediante la pieza legal se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración del proyecto ampliación Puente con ciclovía en Ruta Nacional Nº 40 sobre Arroyo La Bebida.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.906/2.017
VISTO: El
contenido del Expediente Nº 4.294 HC 272 – 2.017. Interbloque Cambia Mendoza –
Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Concreción de Obra Puente sobre
Arroyo La Bebida por administración y o licitación pública.
La necesidad de concretar la obra de
refacción del puente Ruta Nacional Nº 40 (N), a la altura del Arroyo La Bebida.
Y;
CONSIDERANDO: Que
debido al crecimiento demográfico de la población Malargüina, se hace necesaria
la construcción de la continuidad de la ciclovía sobre el puente ubicado en el
Arroyo mencionado.
Que mediante Ordenanza Nº
1.459/2.009 fue dispuesta la concreción de la obra antes mencionada para
salvaguardar a peatones y automovilistas.
Que este puente es un
nexo de comunicación entre la Ciudad de Malargüe y la zona norte en
inmediaciones de fincas, complejos de cabañas y el Barrio Virgen de los Vientos.
Que este proyecto tiene
antecedentes que datan de la Ordenanzas N° 1.541/2.011 y 1.459/2.009.
Que la Ley Orgánica de
Municipalidades, en su Artículo N° 25 dispone, “Es responsabilidad del Estado
Municipal velar por la seguridad de las personas, tomando medidas que concurran
a asegurar la salud y bienestar de la población. Asimismo es oportuno resaltar,
las consideraciones expresadas en la Ordenanza Nº 1.541/2.011 la cual estipula
que desde dicho año ya se encuentra dentro del presupuesto y gastos debidamente
aprobados, los montos asignados para la obra en análisis.
Que se han mantenido
reuniones con la Dirección de Obras Públicas, manifestando que la obra se haría
por administración, pero no existen novedades sobre su concreción.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1°:
Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración del proyecto ampliación
Puente con ciclovía en Ruta Nacional Nº 40 sobre Arroyo La Bebida.
ARTICULO 2°: Comuníquese
al Honorable Concejo Deliberante el estado de avance de la obra en caso que la
misma, se encuentre en trámite de ejecución.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese,
regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las
actuaciones correspondientes y archívese.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECINUEVE DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL
DIECISIETE.
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Proyecto de la Concejal Paola Paleico
Fuente: Mabel Lopez - Administración HCD
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