Parque Industrial |
La solicitud de Modificatoria corresponde a la de la Lic. Verónica González - Dirección de Minería, Industria y Energía.
Considerando que es necesario avanzar en la aprobación creación e implementación del Parque Industrial, y para ello es fundamental la aprobación de la pieza legal y así acceder a los beneficios que el Registro Nacional de Parques Industriales ReNPI otorga., el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propias, ordenó la modificación de la Ordenanza Nº 1.698/2.013.
Las modificaciones aprobadas hacen referencia a la creación del Parque Industrial en Malargüe y datos de localización del inmueble predio de propiedad comunal, que se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza .
El inmueble , ubicado con frente a Ruta Nacional Nº 40, Distrito de Cañada Colorada, consta de tres fracciones la A y la C que resultan: al Norte con calle acceso al basural municipal; al Sur en una línea quebrada con cauce de Río Malargüe. La fracción “B” al Este con vías al Ferrocarril General San Martín y al Oeste con la Ruta Nacional 40.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Pieza Legal
Pieza Legal
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.904/2.017
VISTO: El contenido
del Expediente
Nº4.170/2.017-0. Dirección de Minería, Industria y Energía. Lic. Verónica
González. Proyecto de Ordenanza Parque Industrial Municipal, el cual solicita modificación de la Ordenanza Nº
1.698/2.013.
y;
CONSIDERANDO: Que es necesario avanzar
en la creación del Parque Industrial, sea aprobado e implementado de forma definitiva y
permanente.
Que para continuar con los trámites de inscripción del Parque Industrial
Municipal en el Registro Nacional de
Parques Industriales ReNPI es
fundamental la aprobación de la pieza legal y así acceder a los beneficios que ese organismo otorga.
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE
EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE
SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1º: Modifíquese el
artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.698/2.013, el que quedará redactado de la siguiente manera: Créase el
Parque Industrial Malargüe localizado en
el predio de
propiedad comunal el
que fuera expropiado mediante autos Nº 2.005, caratulados “Fiscal de
Estado de la Provincia
de Mendoza C/ Industrias
Siderúrgicas Grassi S.A. P/
Expropiación”, originario del Quinto
Juzgado Civil de San
Rafael, en fecha 16 de
abril de 2.012 y en
cumplimiento de las
disposiciones contempladas
en la Ley Provincial Nº 7.940 y su
modificatoria Ley Nº 7.982, la
cual dispuso “Declarar
de Utilidad Pública
y sujeto a
expropiación el Inmueble
Rural”, ello teniendo en
cuenta que la
norma que dispuso
el destino de dichas
tierras estipuló que las mismas
serían para “el
emplazamiento del Futuro
Parque Industrial de
Malargüe.
ARTICULO 2º: Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza Nº 1.698/2.013. El
que quedará redactado de la siguiente manera: Hágase saber
que los datos
del inmueble que
fuera aceptado para
el cumplimiento del
artículo anterior son los
siguientes : El inmueble predio
de propiedad comunal,
ubicado con frente a
Ruta Nacional Nº 40, Distrito de
Cañada Colorada, se encuentra inscripto
en el Registro
de la Propiedad
Raíz de la Segunda
Circunscripción Judicial de la
Provincia de Mendoza a los Asientos A-1 de las matriculas
4815/19,4816/19 y 4817/19 de Folio Real de San Rafael, identificado con Nomenclatura Catastral 19-01-88-6200-678472-0000-1; Padrón de
Rentas 19-10919-8, según plano de
mensura y unificación visado y archivado en la Dirección Provincial de Catastro bajo
el Nº 1.314 en fecha
10 de diciembre
de 1.993. El inmueble
consta de tres
fracciones la A y la C-
con una superficie según título de 457 has. 2.473,70 metros cuadrados
y según mensura de 432
has 3.009,54 metros cuadrados y
la Fracción “B”-consta
de una superficie
según plano de 420
has. 7.354 metros cuadrados cuyos
límites según Ley Nº 7.940 y su
modificatoria Ley Nº 7.982 resultan: al Norte
con calle acceso al
basural municipal en 1.863, 80 metros; al Sur en una
línea quebrada que
mide 489,30 metros; 105,10
metros; 386,50 metros; 73,79 metros; 126,50 metros con cauce de Río
Malargüe y en 450 metros con fracción
“B” del mismo plano. Al
Este en 1.983 metros, con vías al
Ferrocarril General San Martín y en 800,97 metros
con la referencia fracción
“B” y al Oeste en 2.355,60 metros, con la Ruta
Nacional 40.”.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese,
agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIOCHO
DIAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
Fuente: Mabel Lopez - Administración HCD
Imagen: http://adi.org.mx
Comentarios
Publicar un comentario