EL HCD ADMITIO EL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA EL DECRETO MUNICIPALCARATULADO “OJEDA JUAN MANUEL, ELEVA RECURSO DE REVOCATORIA”.

Pieza Legal




Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743



RESOLUCIÓN Nº 389/2.017
VISTO: La Nota HC 609 – 2.017. Sr. Juan Manuel Ojeda, agente municipal presenta apelación contra Decreto Nº 1.201/2.017 y se resuelva su inexistencia o revocatoria.
Y;
CONSIDERANDO: Que en virtud de lo dispuesto por el art. 149 de la Ley Nº 1.079, venidos a despacho para resolver la admisión y sustanciación de pruebas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Admitir formalmente el recurso de apelación contra el Decreto Municipal Nº 1.201/2.017, dictado en el Expte. Nº 5.060/2.017 – 0, caratulado “Ojeda Juan Manuel, eleva recurso de revocatoria”.
ARTÍCULO 2º: Admitir la prueba ofrecida por el apelante bajo el título VII) PRUEBA, a) INSTRUMENTAL. A los puntos 1), 2) téngase presente en la manera y con el alcance que han sido ofrecidos. A los puntos 3), 4), 5) remítase nota a la Municipalidad de Malargüe, a fin de solicitarle que remita ad effectum videndi el probandi, el Expte. Nº 5.060/2.017 – 0 caratulado “Ojeda Juan Manuel, eleva recurso de revocatoria” el Legajo Personal Nº 270 a su nombre de Juan Manuel Ojeda y el Expediente Nº 4.676/2.017 – 0.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese,  regístrese,  agréguese  copia de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y  archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CINCO DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
 Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria                                                            PRESIDENTE

Publicado por Marcia Sepúlveda  Prensa HCD  
Nota HC 609 – 2.017. Sr. Juan Manuel Ojeda, agente municipal presenta apelación contra Decreto Nº 1.201/2.017 y se resuelva su inexistencia o revocatoria.
Fuente: Mabel López  - Subdirectora de Administración y Recursos Humanos. HCD

Comentarios