La Obesidad es una enfermedad crónica que se desarrolla por la acumulación de grasas en el cuerpo y es un factor de riesgo de defunción mundial. Según la Organización Mundial de la Salud, la Argentina es el país que más niños obesos tiene en América Latina. Por ello se ve la necesidad de implementar Kioscos Saludables en las Escuelas, debido a que los niños y jóvenes pasan mucho tiempo en ellas y es ahí donde tienen la oportunidad de adquirir hábitos de conducta y de alimentación saludable.
En el Departamento de Malargüe, el Concejo Deliberante aprobó la RESOLUCIÓN Nº 265/2.016, iniciativa del Concejal Fernando Glatigny del Bloque Cambia Mendoza que exige a los kioscos que se encuentren en Establecimientos Escolares, la inclusión de productos alimenticios saludables ya sea bajos en calorías, en grasas y azúcares refinados como así también libres de TACC ; lo que significa que deben estar aptos para determinadas patologías (Celiaquia, Diabetes, etc).
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Belen Pedernera Ferrragut
PRENSA HCD
Comisiones HCD
Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743
RESOLUCIÓN Nº 265/2.016
VISTO: El Expte. Nº 3.899-HC-244-2.016.
Interbloque Cambia Mendoza-Frente UCR-MOPOMA. Proyecto de Resolución:
Implementación de Kioscos Saludables en locales escolares.
La
necesidad de crear conciencia de que el Sobrepeso y la Obesidad , según la
Organización Mundial de la Salud, son enfermedades “crónicas” por acumulación
de grasas en el cuerpo y que han aumentado en un altísimo porcentaje,
posicionándose inclusive como el quinto factor de riesgo de defunción en el
mundo.
y;
CONSIDERANDO: Que según la OMS
(Organización Mundial de la Salud), la Argentina es el país que más niños
obesos tiene en América Latina, definiendo la Obesidad como:” la enfermedad
epidémica no transmisible más grande del
mundo y la ubica entre los principales factores de riesgo para la salud.
Que
según la Encuesta Mundial de la Salud Escolar realizada en Argentina en el año
2012 a adolescentes entre 13 a 15 años, en los últimos cinco años aumentó el sobrepeso
del 24,5% al 28,6% y la obesidad pasó
del 4,5% al 5,9%.
Que
se debe hacer conocer que tener una
alimentación saludable disminuye la posibilidad de evitar dichas
enfermedades.
Que el sobrepeso y la obesidad tienen un
componente genético, pero además existen otras causas que se vinculan con el
ambiente y la forma de vida de las personas, es decir que está relacionada con
los malos hábitos alimentarios que hace que los niños, niñas y adolescentes
ingieran alimentos de alto contenido calórico, sumado al sedentarismo, debido a
la gran cantidad de horas que pasan frente al televisor o la computadora sin
practicar deportes que es de vital importancia para el desarrollo y crecimiento
del ser humano.
Que
la necesidad de una buena alimentación,
no debe ser una opción, sino que debe estar incorporada a los hábitos
alimentarios de los niños, jóvenes y adultos.
Que
la obesidad ha aumentado en los últimos tiempos y es considerada como uno de
los problemas más importantes de la salud y que a futuro puede desencadenar
otras enfermedades tales como: Diabetes, Hipertensión, Enfermedades
Cardiovasculares, Problemas en las articulaciones, Apnea, Somnolencia, Úlceras,
entre otras.
Que según el análisis que hizo el Centro de
Estudios Sobre Nutrición Infantil (CESNI), el 80% de los kioscos presentaban
alimentos considerados poco saludables como: caramelos, chupetines, galletitas
dulces rellenas y simples, jugos de brick, alfajores triples, gaseosas,
bombones, etc.
Que se denomina KIOSCO SALUDABLE, al recinto o
local dentro de los establecimientos escolares, que expende alimentos cuyo
perfil nutricional es preponderantemente saludable, como así también para
aquellas personas que sufran Celiaquismo
u otra enfermedad que conlleve una alimentación específica, debiendo
cumplir con las exigencias sanitarias vigentes, controladas por los organismos
destinados a tal fin.
Que
a nivel Nacional se cuenta con la Ley
26.396 que se focaliza en los trastornos de la conducta alimentaria (Obesidad,
Bulimia y Anorexia Nerviosa) y la incorporación de La Educación Alimentaria
Nutricional (EAN) en todos los niveles del Sistema Educativo.
Que
dicha Ley es la única que propone la implementación de Kioscos Saludables en
las escuelas, ya que en su artículo Nº 9 expresa: “Los kioscos y demás locales
de expendio de alimentos dentro de los establecimientos escolares, deberán
ofrecer productos que integren una alimentación saludable y variada, debiendo
estar los mismos debidamente exhibidos.
Que
en el año 2007 la Dirección General de Escuelas reglamentó, a través de la
Resolución Nº 0852 dentro del decreto Nº 2.778/06, “El Programa Merienda Saludable en el ámbito
escolar”, cuyo objetivo es promover el consumo responsable de alimentos y
favorecer la adquisición de hábitos de vida saludables en los niños, niñas y
adolescentes. El mismo abarca la regulación de kioscos escolares que deberán
comercializar alimentos más saludables aptos para celíacos y diabéticos.
Que
teniendo en cuenta todo esto, urge la necesidad de implementar Kioscos
Saludables en las Escuelas, debido a que los niños y jóvenes pasan mucho de su
tiempo en ellas y es ahí donde tienen la oportunidad de adquirir hábitos de
conducta y de alimentación saludable.
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Solicitar a la Dirección General de Escuelas, y por su
intermedio a quien corresponda que se
implemente la denominación de” KIOSCO SALUDABLE” a todos los comercios
habilitados para la venta de alimentos que se encuentren dentro de los
establecimientos escolares.
ARTÍCULO 2º: Solicitar que se exija a
los kioscos que se encuentren en Establecimientos Escolares, la inclusión de
productos alimenticios saludables aptos para determinadas patologías,
(Obesidad, Celiaquía, Diabetes, etc.) y bajos en calorías, en grasas y azúcares
refinados, como así también libres de gluten (TACC).
ARTÍCULO 3º: Realizar medidas de control
periódicas a través de Bromatología para constatar las condiciones de
salubridad e higiene del local.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese,
cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones
correspondientes y archívese.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DÍAS DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.
Blanca C. Páez GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria PRESIDENTE
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