POR ORDENANZA Nº 1.805/2.016 EL CONCEJO DELIBERANTE, ACEPTÓ LA DONACIÓN DEL PASAJE COMUNERO DE INDIVISIÓN FORZOSA DE LA CIUDAD.

El Expediente  6.343/14, caratulados RAMAL Sergio y otros 
sobre donación 
de Pasaje Comunero – Cañada Colorada
Con fecha 4 de junio del año 2015, los Sres.  Diego Sergio Ramal, Juan Andrés Ramal, Matías Diego Cascardo y Diego Rodrigo Pazos, titulares del inmueble ofrecen donar al municipio de Malargüe una superficie de terreno aproximada de dos mil setecientos noventa y dos metros cuadrados con ochenta y nueve decímetros cuadrados (2792,89 mt2), todo ello  a fin de proceder a la apertura de calle pública con dicha fracción.
Tras analizar las actuaciones por parte de la Asesoría Letrada, los Ediles advierten que  los requisitos exigidos en la Ordenanza Municipal Nº 1.381/2.006 se encuentran debidamente cumplidos.
Por todo ello  y considerando que  resulta ser una facultad del Deliberativo Local la aceptación de las donaciones (Artículo 71º inc. 4 de la Ley 1079), el  Honorable Concejo Deliberante en el marco de la 3º Sesión Ordinaria, aprobó la ORDENANZA Nº 1.805/2.016  mediante la cual acepta la donación efectuada a la Municipalidad de Malargüe por parte de los titulares registrables del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz, de inmueble graficado en el plano de mensura visado y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro, denominado como pasaje comunero de indivisión forzosa de la Ciudad de Malargüe.
Bajo el  artículo 2º de la pieza legal,  el Concejo Deliberante ordena  al Departamento Ejecutivo Municipal Proceda a realizar los actos administrativos y jurídicos que resulten necesarios para la constitución y posterior inscripción del dominio de la fracción donada a favor de la Municipalidad de Malargüe.
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Por Marcia Sepúlveda - Prensa 
Fuente: Natalia Zanabria - Comisiones 

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