APROBADO POR EL CONCEJO DELIBERANTE, MALARGÜE CONTARÁ CON UN REGISTRO DE PROFESIONALES, CONSTRUCTORES, EMPRESAS CONSTRUCTORAS, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS.


El pasado jueves 14 de abril, en el marco de la 6º Sesión Ordinaria, el Concejo Deliberante Malargüe  aprobó la   Pieza Legal 1.814/16 , que ordena la Creación  dentro del ámbito de la Municipalidad de Malargüe, del Registro Municipal de Profesionales de la Construcción, Constructores, Empresas Constructoras, Contratistas y Subcontratistas de obras privadas y públicas.
La Ordenanza, cuyo proyecto fue  presentado  por el Interbloque Frente U.C.R – MOPOMA y MOPOMA en julio del año 2015,  permitirá  conocer con anterioridad quien o quienes serán los responsables de las  obras o trabajos públicos o privados en  la Municipalidad de Malargüe.
El registro tiene por finalidad la inscripción, calificación, habilitación. clasificación y registración de antecedentes de las personas físicas y/o jurídicas, que organizadas como Empresas Constructoras, pretendan contratar obras o trabajos públicos o privados en  la Municipalidad de Malargüe,   como norma complementaria al Reglamento de Edificación vigente.
La pieza legal además establece que  la Secretaria de Ambiente y Obras Públicas, será el único Organismo competente en su materia en todo el ámbito y jurisdicción de la Municipalidad de Malargüe e inscribirá a todo empleador de la construcción que ejecute obras de ingeniería y arquitectura así como el que ejecute trabajos en actividades complementarias o coadyuvantes de la construcción y al Profesional responsable de la misma.
A la hora de inscribirse Profesionales de la construcción y  empresas constructoras  deberán completar la Declaración Jurada, presentar  Constancia de Inscripción de AFIP e Ingresos Públicos Provinciales, entre otros varios requisitos.  El Área pertinente otorgará al solicitante su número de registro y extenderá la correspondiente constancia la que elevará luego al Departamento de Rentas para el abono de la  Tasa fijada al respecto.  
El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área correspondiente controlará y   verificará que en todos los trabajos en ejecución se instale el correspondiente cartel de obra, con expresa incorporación en sus leyendas de los N° de Inscripción en el Registro Municipal del ejecutante, como así también la ART contratada y el N° de contrato con la misma.
Quedan excluidos en este registro,  los propietarios de inmuebles que no siendo empleador de la construcción construya, repare o modifique su vivienda, así como la administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y las Empresas del Estado.

Pieza Legal 

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




ORDENANZA Nº  1.814/2.016
VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.788 HC – 237- 2.015 Interbloque Frente U.C.R – MOPOMA y MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Registro de constructores Municipalidad de Malargüe.
Que la Municipalidad de Malargüe carece de un registro de constructores de obras públicas y privadas 
Y;
CONSIDERANDO: Que dado el auge que ha tenido la Industria de la Construcción en los últimos años, resulta necesario contar con un registro de Profesionales, Constructores, Empresas Constructoras, Contratistas y Subcontratistas de obras privadas y públicas en el ámbito municipal, a fin de conocer con anterioridad quien o quienes serán los responsables de la Obra.
Que dicho registro tiene por finalidad la inscripción, calificación, habilitación. clasificación y registración de antecedentes de las personas físicas y/o jurídicas, que organizadas como Empresas Constructoras, pretendan contratar obras o trabajos públicos o privados en  la Municipalidad de Malargüe,   como norma complementaria al Reglamento de Edificación vigente.
Que este registro a implementar a través de la Secretaria de Ambiente y Obras Públicas, será el único Organismo competente en su materia en todo el ámbito y jurisdicción de la Municipalidad de Malargüe e inscribirá a todo empleador de la construcción que ejecute obras de ingeniería y arquitectura así como el que ejecute trabajos en actividades complementarias o coadyuvantes de la construcción y al Profesional responsable de la misma.
Que  las solicitudes de inscripción deberán presentarse a consideración del Registro en los formularios dispuestos a tal efecto. Los datos que los interesados consignen tendrán carácter de declaración jurada. La documentación que se presente será de uso reservado respecto a terceros.
Que el Departamento Ejecutivo a través de las Áreas que corresponda dictará la reglamentación que crea pertinente a los fines de la aplicación de la norma.
 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNUCIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ORDENA
ARTÍCULO 1º: Créase dentro del ámbito de la Municipalidad de Malargüe, el Registro Municipal de Profesionales de la Construcción, Constructores, Empresas Constructoras, Contratistas y Subcontratistas de obras privadas y públicas.
ARTÍCULO  2º: SUJETOS DE INSCRIPCIÓN - REQUISITOS:
a) Profesionales de la construcción: Arquitectos, Ingenieros Civiles, Ingenieros en Construcción, Maestros Mayores de Obras y otros afines; deberán contar con título habilitante y estar matriculados en el Colegio Profesional pertinente.
b) Las empresas constructoras deberán contar con un Representante Técnico que reúna los mismos requisitos que el Profesional. Para la inscripción como contratista o subcontratista no será exigido el requisito precedente.
 ARTÍCULO 3º: REQUISITOS DE INSCRIPCION:
a) Completar la Declaración Jurada con todos los datos del Profesional, Constructor, Empresa Constructora, Contratista o Subcontratista de Obras Privadas y Públicas según corresponda.
b) Los profesionales deberán presentar:
1) Fotocopia de Documento Nacional de Identidad con domicilio actual.
2) Copia del Título habilitante y Matrícula del Colegio Profesional pertinente.
3) Constancia de Inscripción de AFIP e Ingresos Públicos Provinciales.
c) Las Empresas Constructoras deberán presentar:
1) Fotocopia de Contrato Social y Modificaciones.
2) Inscripción en la Dirección de Personas Jurídicas.
3) Constancia de Inscripción en el Registro Público de Comercio.
4) Nómina del Directorio o del Órgano de Administración.
5) Constancia de Inscripción de AFIP e Ingresos Públicos Provinciales de la  Empresa.
6) Fotocopia de Documento Nacional de Identidad de el/los titulares de la empresa.
7) Copia del Título habilitante y Matrícula del Colegio Profesional pertinente del Profesional que oficia como Representante Técnico.
8) Copia de contrato con la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).
9) Nómina de empleados.
d) Los Contratistas o subcontratistas deberán presentar:
1) Fotocopia de Documento Nacional de Identidad con domicilio actual.
2) Constancia de Inscripción de AFIP e Ingresos Públicos Provinciales.
ARTÍCULO 4º: CONSTANCIA E INSCRIPCION: En el momento de la Inscripción, el Área pertinente otorgará al solicitante su número de registro y extenderá la correspondiente constancia la que elevará luego al Departamento de Rentas para el abono de la Tasa fijada al respecto.  
ARTÍCULO  5º: PENALIDADES: La falta de cumplimiento a lo dispuesto en la presente, motivará la aplicación de las sanciones que la Ordenanza Tarifaria vigente establece por la infracción a los deberes formales.  
ARTÍCULO 6º: CONTROL: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área correspondiente verificará que en todos los trabajos en ejecución se instale el correspondiente cartel de obra, con expresa incorporación en sus leyendas de los N° de Inscripción en el Registro Municipal del ejecutante, como así también la ART contratada y el N° de contrato con la misma.
ARTÍCULO 7º: EXCEPCIONES: Quedan excluidos en este registro los propietarios de inmuebles que no siendo empleador de la construcción construya, repare o modifique su vivienda, así como la administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y las Empresas del Estado.
ARTICULO 8º: Comuníquese,  regístrese,  agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y archívese.
DADA EN  LA SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A  CATORCE DÍAS DE ABRIL DE  DOS MIL DIECISEIS
 Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                                PRESIDENTE
___________________________
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente  Natalia Zanabria- Comisiones HCD

Comentarios