EL HCD SOLICITÓ AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, INFORME SOBRE LOS CENTROS INTEGRADORES COMUNITARIOS (CIC).


Los Centros Integradores Comunitarios (CIC) constituyen un espacio público de integración comunitaria, para el encuentro y la participación de diferentes actores que trabajan de modo intersectorial y participativo, cuya misión es promover el desarrollo local en pos de la inclusión social y del mejoramiento de calidad de vida de la Comunidad.
Por ello y teniendo en cuenta las Inquietudes y proyectos presentados en uso de Banca del Ciudadano y que necesario tomar conocimiento de los antecedentes del uso y convenios celebrados entre el Departamento Ejecutivo y la Unión Vecinal del Barrio Cari Lauquen, respecto a la utilización y programación de actividades del Centro Integrador Comunitario, el Cuerpo de Ediles aprobó  la RESOLUCIÓN  Nº147/2.016.
Mediante la Pieza Legal aprobada en la 10º Sesión Ordinaria, se  solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda remita copia al  Honorable Concejo,  del Convenio de los Centros Integradores Comunitarios (CIC).
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Comisiones HCD
Pieza Legal 

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




RESOLUCIÓN  Nº 147/2.016
VISTO: El contenido de la Nota HC 138-2.016.Sr. Carlos Benedetto en representación de la Unión Vecinal del Bº Cari Lauquen. Inquietudes y proyectos para el Centro Integrador Comunitario (CIC) del Barrio Cari Lauquen. Presentados en uso de Banca del Ciudadano. 
Y;
CONSIDERANDO: Que es necesario tomar conocimiento de los antecedentes del uso y convenios celebrados entre el Departamento Ejecutivo y la Unión Vecinal del Barrio Cari Lauquen, respecto a la utilización y programación de actividades del Centro Integrador Comunitario.
Que los Centros Integradores Comunitarios (CIC) constituyen un espacio público de integración comunitaria, para el encuentro y la participación de diferentes actores que trabajan de modo intersectorial y participativo, cuya misión es promover el desarrollo local en pos de la inclusión social y del mejoramiento de calidad de vida de la Comunidad.
EL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  EN USO DE  LAS  FACULTADES  QUE  LE  SON PROPIAS, RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda remita copia a este Honorable Cuerpo del Convenio de los Centros Integradores Comunitarios (CIC).
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOCE DÍAS DE MAYO DE  DOS MIL DIECISEIS
     Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                               PRESIDENTE 

Comentarios