ORNAMENTACIÓN HOMENAJE BICENTENARIO DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA

Tras analizar el contenido del Expediente Nº 3.903 HC 244 – 2.016, iniciativa del Edil José Barro del Bloque Justicialista Frente Para La Victoria, y considerando que el próximo 9 de julio se cumplirán doscientos años  de la Declaración de nuestra Independencia,  y que dicho acontecimiento constituye el paso más importante para la proyección de nuestra Patria hacia el contexto de las naciones libres del mundo; el Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, aprobó la  RESOLUCIÓN Nº 165/2.016.
Mediante la Pieza Legal aprobada en la 11º Sesión Ordinaria, se estable que la totalidad de los edificios propiedad de la Municipalidad de Malargüe o afectados a dependencias y/o tareas vinculadas a la misma en sus fachadas,  exhibirán a partir del 18 de mayo de 2016 y en concordancia con el inicio de la Semana de Mayo que culminara en 1810 con el primer grito de libertad de nuestra Patria y hasta el 31 de diciembre de 2016, Banderas Argentinas, ornamentales independientemente de la existencia de la Bandera Oficial flameando en el mástil en aquellos edificios que lo posean.
Además la Municipalidad de Malargüe deberá adoptar idéntico temperamento con la totalidad del parque rodante municipal, colocando durante el mismo lapso en cada vehículo liviano, pesado o vial, una cinta patria de aproximadamente 4 (cuatro) centímetros de ancho en lugar visible que no obstaculice la visual del conductor.
El cuerpo de Concejales invita a las reparticiones estatales nacionales y provinciales, organizaciones no gubernamentales, clubes sociales y deportivos, Cámara de Comercio y vecinos en general a adherir a dicha forma de celebración.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Comisiones HCD 
Pieza Legal 

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




RESOLUCIÓN Nº 165/2.016
VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.903 HC 244 – 2.016. Bloque Justicialista Frente Para La Victoria. Proyecto de Resolución: “Ornamentación homenaje Bicentenario Declaración de la Independencia”.
La inminente llegada del 9 de julio, fecha en la cual se cumplirán doscientos años  de la Declaración de nuestra Independencia por el Congreso llevado a cabo en 1816 en la Ciudad de Tucumán.
y;
 CONSIDERANDO: Que dicho acontecimiento constituye el paso más importante para la proyección de nuestra Patria hacia el contexto de las naciones libres del mundo;
Que como ciudadanos orgullosos de nuestra Independencia, tenemos el deber de exaltar la importancia de la gloriosa jornada vivida aquel 9 de julio de 1816.
Que para los argentinos no puede ni debe existir ornamento más bello y emblemático que nuestra enseña nacional y sus colores.
Que como representantes del pueblo de Malargüe, tenemos la obligación de destacar los alcances de la gesta patriótica protagonizada por  los congresales que nos legaron la Independencia.
Que ambos departamentos integrantes del gobierno municipal, tenemos el deber de transmitir y exteriorizar el júbilo que nos produce poder celebrar doscientos años de vida como pueblo libre e independiente.
EL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  EN USO DE  LAS  FACULTADES  QUE  LE  SON PROPIAS, RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exhibir a partir del 18 de mayo de 2016 y en concordancia con el inicio de la Semana de Mayo que culminara en 1810 con el primer grito de libertad de nuestra Patria y hasta el 31 de diciembre de 2016, la totalidad de los edificios propiedad de la Municipalidad de Malargüe o afectados a dependencias y/o tareas vinculadas a la misma en sus fachadas, Banderas Argentinas, ornamentales independientemente de la existencia de la Bandera Oficial flameando en el mástil en aquellos edificios que lo posean. Ello como homenaje del pueblo Malargüino en el año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia.
ARTÍCULO 2º: Adoptar idéntico temperamento con la totalidad del parque rodante municipal, colocando durante el mismo lapso en cada vehículo liviano, pesado o vial, una cinta patria de aproximadamente 4 (cuatro) centímetros de ancho en lugar visible que no obstaculice la visual del conductor.
ARTÍCULO 3º: Invitar a las reparticiones estatales nacionales y provinciales, organizaciones no gubernamentales, clubes sociales y deportivos, Cámara de Comercio y vecinos en general a adherir a dicha forma de celebración.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECINUEVE DÍAS DE MAYO DE  DOS MIL DIECISEIS
     Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                               PRESIDENTE 

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