PEDIDO DE INFORME DE LO RECAUDADO POR LA APLICACIÓN DE IMPUESTOS A CASINOS.


En el año 2012 el Concejo Deliberante dio estado parlamentario al proyecto de Resolución presentado por el  Bloque Movimiento Popular Malargüino.  Este año y  con una nueva conformación en la Comisión  de Hacienda, el Concejo Deliberante finalmente aprobó el Despacho emitido por la misma “Solicitar  a la Municipalidad de Malargüe un  informe sobre los  casinos de Malargüe.
La tarifaria - Ordenanza Nº 1.811/16 - regula los cánones que deberán ser abonados en concepto anual por derecho de inspección y control de seguridad e higiene de comercio, industria y actividades dedicadas a casinos y/o sus anexos actividad de juegos de azar y tragamonedas, estableciendo los montos. Por  su parte,    la Ley Nº 5188  bajo su artículo 5º,  establece que el monto recaudado por la aplicación de impuesto será distribuido y destinado de la siguiente forma: 20% a la Municipalidad de Malargüe, 50% se distribuirá por partes iguales entre todos los Municipios de la Provincia excepto el Departamento de Malargüe. Así mismo, establece que este fondo deberá designarse exclusivamente a infraestructuras urbanas o viviendas económicas, por sistema de ayuda mutuo, esfuerzos compartidos y a estos efectos autoriza a las Municipalidades a instituir sistemas de préstamos que podrá administrar a través de los bancos oficiales de la Provincia, mediante convenios. Por  todo ello, el  Cuerpo de Concejales aprobó de forma unánime la Resolución Nº 111/2016, a través de la cual solicita al Departamento Ejecutivo Municipal  que en un plazo de 10 días de conformidad Art. 71 Inc. 10 Ley 1079,  remita un informe completo de   los montos percibidos en concepto de impuestos según Ley Nº 5188 del Anexo Casino de Mendoza en el Departamento, como así también el del Centro turístico “Valle de Las Leñas”.

Pieza Legal 


Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743





RESOLUCIÓN  Nº 111/2.016
VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.360 HC – 206 – 2.012. Bloque Movimiento Popular Malargüino. Proyecto de Resolución: Solicitud de informe de recaudación recibida por la Municipalidad de Malargüe respecto a los casinos ubicados en Valle Las Leñas y Ciudad de Malargüe.
Las normas que regulan los montos de las recaudaciones percibidas por el Casino de Mendoza Anexo Malargüe como así también el del Centro turístico “Valle de Las Leñas”
            Y;
CONSIDERANDO: Que la tarifaria mediante Ordenanza Nº 1.811/16 regula los cánones que deberán ser abonados en concepto anual por derecho de inspección y control de seguridad e higiene de comercio, industria y actividades dedicadas a casinos y/o sus anexos actividad de juegos de azar y tragamonedas, estableciendo los montos.
Que es de público conocimiento las dificultades por las que está atravesando la Provincia en general y nuestro Departamento en particular, en lo que a vivienda respecta habiéndose declarado por parte de la Provincia la emergencia habitacional.
Que se pretende insertar a Malargüe en forma competitiva y permanente en el escenario Regional, Provincial, Nacional e Internacional, además de hacer referencia a que la instalación del Anexo del Casino Provincial en la Ciudad de Malargüe cabecera del Departamento homónimo, se estaría brindando una alternativa más a una comunidad que cree en el desarrollo Departamental.
Que toda vez que el juego de azar implica la potencial adquisición de una adicción, los montos recaudados en concepto de impuestos deben compensar todo el efecto social negativo que produce, debiéndose  reparar llevando a cabo ese potencial daño, inversiones concretas, en nuestra sociedad, debiendo el Poder Ejecutivo administrarlo correctamente.
Que la Ley Nº 5188 establece en su Artículo 5º que el monto recaudado por la aplicación de impuesto será distribuido y destinado de la siguiente forma: 20% a la Municipalidad de Malargüe, 50% se distribuirá por partes iguales entre todos los Municipios de la Provincia excepto el Departamento de Malargüe. Así mismo, establece que este fondo deberá designarse exclusivamente a infraestructuras urbanas o viviendas económicas, por sistema de ayuda mutuo, esfuerzos compartidos y a estos efectos autoriza a las Municipalidades a instituir sistemas de préstamos que podrá administrar a través de los bancos oficiales de la Provincia, mediante convenios.
Que tampoco surge de forma clara de la lectura del Proyecto de Ordenanza de Presupuesto el monto recibido por la Municipalidad en concepto de impuesto de la Ley Nº 5188.
Que este Honorable Cuerpo tiene dentro de sus obligaciones velar por el cumplimiento de las leyes, sobre todo siendo de vital importancia la que establece préstamos para viviendas sociales.
Que es imprescindible para poder ejercer nuestra función en el control, conocer fehacientemente los ingresos en concepto de los juegos de azar, para luego constatar de forma ulterior que el mismo se destine a la construcción de viviendas sociales.
Que la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los informes solicitados deberán ser respondidos a este Honorable Concejo Deliberante en un plazo no mayor a diez días.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,  RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que remita un informe completo respecto de los montos percibidos en concepto de impuestos según Ley Nº 5188 del Anexo Casino de Mendoza en el Departamento.
ARTÍCULO 2º: Hacer saber que el siguiente informe deberá ser enviado en un plazo de 10 días de conformidad Art. 71 Inc. 10 Ley 1079.
ARTICULO 3º: Comuníquese,  regístrese,  agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y archívese.
DADA EN  LA SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A  VEINTIOCHO DÍAS DE ABRIL DE  DOS MIL DIECISEIS
         Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                                           PRESIDENTE
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Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Comisiones HCD

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