EL HCD DISPUSO QUE SE BRINDE ASESORAMIENTO A BENEFICIARIOS DEL PLAN HOGAR-“GARRAFA SOCIAL”


Tras considerar la  falta de un sistema de distribución de gas natural por redes que satisfagan las necesidades de consumo de la población,   que el Plan "garrafa social", ha modificado su modalidad de acceso, y que  es fundamental que aquellos usuarios que estén en condiciones de acceder a este plan, estén registrados en ANSES con los datos completos del grupo familiar, el Cuerpo de Concejales aprobó la Resolución Nº 210/2016.

Mediante la Pieza Legal aprobada, iniciativa de la Edil Patricia Cecconato del Bloque UCR-MOPOMA,  el Concejo Deliberante de Malargüe, dispuso que  el Departamento Ejecutivo  a través  del área  corresponda, brinde asesoramiento  y se realice la tramitación online para los beneficiarios comprendidos  en los parámetros  establecidos por el Plan HOGAR.  
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Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Comisiones HCD


Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




RESOLUCIÓN Nº 210/2.016
VISTO: El Expte. Nº 3.956-HC-248-2.016. Interbloque Frente UCR-MOPOMA y Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución:  Asesoramiento  y  tramitación online para los  beneficiarios que estén  dentro de los parámetros establecidos por el Plan HOGAR. 
La necesidad de los usuarios de bajos recursos de nuestro Departamento que residen en zonas sin el servicio de gas natural por redes o que no se encuentren conectados a la red de distribución domiciliaria de gas. 
y;
CONSIDERANDO. Que  la presente iniciativa se funda en la falta de un sistema de distribución de gas natural por redes que satisfagan las necesidades de consumo de la población.
Que los hogares de menores recursos y sin gas de red, accedan a la garrafa a un precio económico.
Que por el Decreto 470/2015 en su artículo 1º se crea el PROGRAMA HOGARES CON GARRAFA (HOGAR), en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS.
Que este beneficio está determinado para los usuarios de bajos recursos (hasta 2 SMVM, $ 12.120  y hasta 3 SMVM $ 18.180) , en aquellos hogares donde resida un familiar discapacitado o se trate de viviendas de uso social y comunitario.
Que se establece una cantidad adicional para aquellos beneficiarios que residan en las Provincias de Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut y Rio Negro, Neuquén y el Departamento de Malargüe en la Provincia de Mendoza.
Que permite aumentar la cantidad de garrafas asignadas  a aquellos hogares que declaren que el cupo otorgado no sea suficiente.
Que  dicho subsidio comúnmente conocido como "garrafa social", ha modificado su modalidad de acceso, el beneficio del subsidio, será directamente depositado a los usuarios que estén comprendidos por dicha disposición.
Que  es fundamental que aquellos usuarios que estén en condiciones de acceder a este plan, estén registrados en ANSES con los datos completos del grupo familiar.
Que  quienes no estén incluidos en dicha base de datos, pero cumplan con los requisitos para ser beneficiarios, deberán completar y presentar el formulario en las Oficinas del ANSES o también podrán realizarlo de manera online, siempre que tengan generada la clave fiscal.
Que en este sentido, resulta necesario que el estado local, guie a los usuarios que por el momento no reciben este subsidio  y acompañe las gestiones necesarias para la pronta obtención de dicho beneficio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE  LA MUNICIPÀLIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES  QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Disponer  por el Departamento Ejecutivo  a través  del área  correspondiente  se brinde  asesoramiento  y se realice la tramitación online para los beneficiarios comprendidos  en los parámetros  establecidos por el Plan HOGAR.  
ARTICULO 2º:Hágase publicidad masiva por todos los medios necesarios de los beneficios de este Plan, sus horarios y lugar de atención.
ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A NUEVE DÍAS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS.

Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
  Secretaria                                                               PRESIDENTE 

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