El HCD aprobó el Programa de Identificación de Escenarios de las Fiestas Populares del Departamento

En la 17º Sesión Ordinaria el Concejo Deliberante por medio de la ORDENANZA Nº 1.832/2.016 aprobó la creación de un Programa de Identificación de Escenarios de las Fiestas Populares  del Departamento de Malargüe. El mismo es una Iniciativa de la Concejal Patricia Cecconato del Bloque Frente Ucr- Mopoma; y surge  cuando se le impone nombre al escenario principal del Festival  Nacional del Chivo designándolo como “Don  Asencio  Villar”. Del mismo modo al imponer nombre a cada  escenario  principal de las Fiestas  Rurales  los vecinos  de la comunidad  harán  propia su Fiesta y podrán sentirse mas identificados.


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Belen Pedernera Ferrragut 
PRENSA HCD
Comisiones HCD


Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




ORDENANZA Nº 1.832/2.016
VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.949-HC-247-2.016. Interbloque  Cambia Mendoza-Frente UCR-MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Programa  de Identificación  de Escenarios  de las Fiestas Populares del Departamento de Malargüe.
La gran cantidad de Fiestas Populares que se  realizan  en la zona rural de nuestro Departamento  y que  ningún  escenario tiene   nombre.
y;
CONSIDERANDO: Que  es necesario hacer  partícipe  a la comunidad  de los  Parajes para colocarle nombre a su escenario  principal en el marco  de la Fiesta que los identifica.
Que con la  imposición del nombre los vecinos  de la comunidad  harán  más propia su Fiesta Popular.
Que es de suma importancia que cada  escenario  principal de las Fiestas  Rurales cuente  con un nombre para poder identificarlo en cada Fiesta.
Que esta iniciativa surge  cuando se le impone nombre al escenario principal del Festival  Nacional del Chivo designándolo como “Don  Asencio  Villar”.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Créase el Programa de Identificación de Escenarios de las Fiestas Populares  del Departamento de Malargüe.
ARTÍCULO 2º: OBJETIVO
El mismo  tendrá como objetivo el de promover e incentivar a las  Comunidades de los Parajes Malargüinos para que elijan  e impongan un nombre al escenario principal de su Fiesta Popular. Así mismo como el de contribuir con el desarrollo de la Cultura Departamental y de la zona rural.
ARTICULO 3º: JURADO
El Jurado  estará  compuesto  por  5 (cinco) miembros  y será determinado   por la  Autoridad de Aplicación. Los miembros  del Jurado  deberán  elegir  un/a Presidente, cuya  función  será  el de actuar  como vocero  oficial  de Jurado  y el mismo, deberá  establecer  además un/a, secretario/a cuyas funciones serán:
a)      Tomar  acta  del proceso  de selección y evaluación  de los nombres postulados
b)       Redactar  un informe  final  de la etapa con los resultados  obtenidos  por los  nombres postulados, así como también  con las  observaciones  o controversias  que  generen   el proceso.
c)      Los resultados  e informe  final  emitido  por el Jurado deberán  estar  firmado por  cada  uno de los miembros  participantes en su calidad de Jurado.
ARTÍCULO 4º: DETERMINACIÓN  DE LOS NOMBRES POSTULADOS
Los aspectos  a considerar  por parte  del Jurado  en la  evaluación  de todos los nombres postulados serán los siguientes:
                        1) Nombre  no impuesto a  otro  escenario.
2) Que el nombre propuesto  no haya  cometido algún  delito de lesa humanidad.
                        3) Nombre  de persona  oriunda de la zona.
                        4) Persona viva y/o fallecida.
ARTÍCULO 5º: ELECCIÓN DEL NOMBRE POSTULADO
La elección  se hará  de acuerdo  al siguiente  procedimiento:
a)      La  votación se hará  por mayoría simple.
b)      Durante el transcurso  de la Fiesta se repetirán los votos en blanco  a la  comunidad.
c)       Antes de la finalización del espectáculo artístico serán recepcionados los votos  emitidos en  urnas que serán custodiadas  por la Autoridad  de Aplicación hasta el momento del escrutinio.
d)     Concluido el  espectáculo artístico se procederá al escrutinio, ante la presencia del Jurado.
e)      Concluido  el escrutinio se dará  a conocer el nombre  que  reúna mayor  cantidad de votos a su favor, respectivamente.
f)       Toda la documentación generada  en el escrutinio  definitivo será remitida al Honorable Concejo Deliberante, para la creación de la pieza legal correspondiente.
g)      Una vez realizada la pieza legal de imposición del nombre al escenario se hará  la proclamación en la próxima Fiesta  respectivamente.
h)      En  caso  de empate se procederá  a una nueva emisión y escrutinio con los nombres empatados.
i)        El veredicto  del Jurado será DEFINITIVO e INAPELABLE.
ARTÍCULO 6º: Facúltese  al Departamento  Ejecutivo  a designar  la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 7º:Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DÍAS DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.

Blanca C. Páez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
        Secretaria                                                               PRESIDENTE 

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