EL HCD ORDENÓ LA CREACIÓN DE LA PLAYA DE SECUESTRO VEHICULAR Y/O AUTOPARTES PARA MALARGÜE.




Ante  la necesidad de salvaguardar la salubridad ambiental y liberar espacios públicos de uso comunitario (campos y calles) de coches, elementos, metálicos, partes accesorias de vehículos, chasis o similares que se pudren, algunos de ellos de gran toxicidad  que pueden   terminar contaminando el medio ambiente, el Cuerpo Deliberativo Municipal aprobó la ORDENANZA Nº 1.843/2.016, proyecto de la Concejal Patricia Cecconato del Bloque Frente  UCR-MoPoMa.
Mediante la Pieza legal  se ordenó la creación del Depósito Vehicular y/o autopartes Municipal, lugar cercado, custodiado, ubicado lejos de todo tipo de fuentes de agua, donde se depositaran vehículos y/o autopartes, todo tipo de bienes inanimados, abandonados o perdidos que ingresen por vía del secuestro, retirados de lugares del dominio público o privado.
El Deposito Vehicular, deberá registrar en un libro foliado y sistema informático individualizando los bienes con los siguientes  datos: Fecha y número de ingreso,  Lugar de procedencia;  Descripción e identificación del bien; Estado de conservación;  Acta respectiva y  Fotos digitales del vehículo.
El reintegro del bien se realizará  previo pago de los gastos de remoción, depósito, multa aplicable y de la reparación de los daños causados si correspondiere.
La Ordenanza además establece que  los bienes que  no fueran  retirados dentro del plazo establecido, serán registrados como propiedad municipal  o enajenados en subasta pública;  además los efectos que puedan sufrir descomposición o que signifiquen un peligro para la salud, podrán ser utilizados o destruidos de inmediato.
Respecto al valor por Depósito y Estadía en el Depósito Vehicular y/o autopartes Municipal, la pieza legal  fijó un valor  igual a  litros de nafta súper por día y,  en caso de que el servicio de grúa no fuere prestado por el ente municipal, el Departamento Ejecutivo fijará el valor a cobrar.
La Dirección de Seguridad Ciudadana, será Autoridad de Aplicación de la Ordenanza aprobada. 

Marcia Sepúlveda

Prensa HCD

Pieza Legal

Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743




ORDENANZA Nº 1.843/2.016
VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.970 HC 248 – 2.016. Interbloque Cambia Mendoza y Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Playa de Secuestro vehicular y/o autopartes para el Departamento de Malargüe.
La necesidad de resguardar la inmunidad y la integridad de toda la comunidad  y que un centenar de vehículos abandonados en la vía pública tiene la Ciudad de Malargüe y sus alrededores, se trata así de un procedimiento que busca salvaguardar la salubridad ambiental y liberar espacios públicos de uso comunitario, tratando de hacer desaparecer los coches que se pudren en campos y calles de nuestro territorio, para evitar que los diferentes materiales que contienen, algunos de ellos de gran toxicidad no terminen contaminando el medio ambiente.
Y;
CONSIDERANDO: Que hay vehículos chocados o que se rompen y que  sus propietarios no tienen como repararlos, hay otros que directamente son comprados como chatarra que queda olvidada frente a la casa del dueño y que a veces se forman pequeñas chacharitas de dos o más vehículos.
Que en cualquier caso, se trata de autos que llevan meses tirados en la vía pública y que es necesario sacar de las calles para mejorar la seguridad de los vecinos ya que muchas veces son usados por delincuentes para ocultarse momentáneamente.
Que es necesario no solo legislar sobre el retiro, sino también en el depósito, estadía y destino de todo tipo de bienes inanimados que hayan sido abandonados en lugares de dominio  público.
Que es necesario retirar de la vía pública la importante cantidad de elementos, metálicos, partes accesorias de vehículos, chasis o similares que se encuentren en estado de abandono, provocando acumulación de todo tipo de basura en su entorno.
Que de la misma manera los vehículos que a determinación de la autoridad competente sea necesario depositarlos en el Depósito Vehicular Municipal, ante el incumplimiento a las normas de tránsito vigente.
Que debe existir en la Municipalidad de Malargüe un lugar adecuado destinado al Deposito Vehicular y/o autopartes en el que se depositen estos objetos, elementos y/o bienes.
Que este Cuerpo Deliberativo se encuentra facultado para llevar adelante esta iniciativa en beneficio del normal desarrollo de las actividades diarias propias de los vecinos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Créase el Deposito Vehicular y/o autopartes Municipal, lugar cercado, custodiado y ubicado lejos de todo tipo de fuentes de agua.
ARTÍCULO 2º: Deposítese en el Depósito vehicular y/o autopartes todo tipo de bienes inanimados, abandonados o perdidos que ingresen por vía del secuestro, retirados de lugares del dominio público o privado.
ARTÍCULO 3º: Regístrese en un libro foliado y sistema informático individualizando los bienes con los datos que se señalan:
a)      Fecha y número de ingreso.
b)      Lugar de procedencia.
c)      Descripción e identificación del bien.
d)     Estado de conservación.
e)      Acta respectiva.
f)       Fotos digitales del vehículo.
ARTÍCULO 4º: Procédase a realizar un llamado a los interesados o presuntos propietarios por los medios de comunicación que la Autoridad de Aplicación considere pertinente.
ARTÍCULO 5º: Justifíquese para el reintegro del bien el derecho del propietario, previo pago de los gastos de remoción, depósito, multa aplicable y de la reparación de los daños causados si correspondiere.
BIENES ABANDONADOS
ARTÍCULO 6º: Si los bienes no son retirados dentro del plazo establecido en el Art. 4º de la presente, se considerarán abandonados por sus propietarios y serán registrados como propiedad municipal y utilizados para su servicio o enajenados en subasta pública de acuerdo a las normas vigentes en la materia
ARTÍCULO 7º: Los efectos que puedan sufrir  descomposición o cuyas condiciones higiénicas signifiquen un peligro para la salud según el caso, podrán ser utilizados o destruidos de inmediato dejándose fehaciente constancia de tales medidas y de las razones que la justifiquen en las respectivas actuaciones administrativas.
ARTÍCULO 8º: A los efectos de lo dispuesto en el Art. 6º de la presente, el Depósito Vehicular Municipal elevará a la Autoridad de Aplicación una planilla descriptiva conjuntamente con el acta respectivo para su inclusión como bienes municipales.
RETIRO DE VEHÍCULOS
ARTÍCULO 9º: Para proceder al retiro del Depósito Vehicular y/o autopartes Municipal de la unidad infractora se deberá presentar lo siguiente:
a)Comprobante de pago correspondiente a la multa por la infracción cometida.
b)Comprobante de pago por depósito y estadía de la unidad infractora en el Depósito Vehicular y/o autopartes Municipal.
c)Comprobante de pago correspondiente al servicio de grúa.
ARTÍCULO 10º: Contrólese el ingreso y egreso de todas las unidades infractoras al Deposito Vehicular y/o autopartes Municipal, dejando constancia en el registro correspondiente de las novedades que se produzcan.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTÍCULO 11º: Fíjese el valor por Depósito y Estadía en el Depósito Vehicular y/o autopartes Municipal en litros de nafta súper por día.
ARTÍCULO 12º: Si el servicio de grúa no fuere prestado por el ente municipal, el Departamento Ejecutivo fijará el valor a cobrar.
ARTÍCULO 13º: El cumplimiento de la presente Ordenanza no generará nuevas vacantes en la planta de personal, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal cubrir con personal propio provenientes de distintas áreas de la Municipalidad de Malargüe.
ARTÍCULO 14: Los gastos que origine la implementación de la presente Ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente del Departamento Ejecutivo Municipal, Ejercicio Financiero 2.017.
ARTÍCULO 15º: Desígnese como Autoridad de Aplicación a la Dirección de Seguridad Ciudadana. 
ARTÍCULO 16º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECIOCHO  DÍAS DE AGOSTO DE  DOS MIL DIECISEIS
          Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
     Secretaria                                                             PRESIDENTE
___________________________
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD
Fuente Administración  HCD
Foto p/ Diseño : sipse.com 

Comentarios