EL HCD ACEPTÓ DONACIÓN DE TERRENO DE PARCELA PARA CREAR UN NUEVO ACCESO PÚBLICO.


Tras analizar el contenido del Expediente Nº 2.615-2.017-, el que tiene como propósito destinar  con carácter de donación  a la Municipalidad  de Malargüe, la parcela identificada  Ut supra, con el objeto de crear un nuevo acceso y considerando que el Agrimensor Rodolfo Genovesi, Asesor Técnico del Honorable Concejo Deliberante expresó  que no existe disposición alguna que manifieste inhabilitación para realizar tal acto, el Cuerpo de Ediles aprobó la ORDENANZA Nº 1.895/2.017
De este modo  el Departamento Deliberativo Municipal, aceptó la  donación de terreno, ubicado en la Ciudad de Malargüe, con una superficie de cinco mil seiscientos sesenta y ocho metros con cuarenta  y ocho decímetros cuadrados (5668,48 m2), para uso  y dominio público. 
Según la normativa aprobada, el oferente Sr. Buel Alejandro Héctor ha manifestado la voluntad de concretar esta donación gratuita con cargo del inmueble, por lo que se hará cargo de la realización de las obras de urbanización correspondiente de  agua, luz y transitabilidad de la arteria donada.
Marcia Sepúlveda
Prensa HCD 

Pieza Legal


Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina

Tel/Fax: (0260) 4471743



ORDENANZA Nº 1.895/2.017
VISTO: El contenido del Expediente Nº 2.615-2.017-0.Buel Alejandro  Héctor. Donación de terreno de parcela.
           y;
CONSIDERANDO: Que el mencionado Expediente tiene como propósito destinar  con carácter de donación  a la Municipalidad  de Malargüe, la parcela identificada  Ut supra, con el objeto de crear un nuevo acceso público a las fracciones 2,3,4 y 5 del Plano adjunto.
Que el Agrimensor Rodolfo Genovesi, Asesor Técnico del Honorable Concejo Deliberante expresa que no existe disposición alguna que manifieste  inhabilitación para realizar tal acto.
Que  esta donación expresamente manifiesta que  es con cargo, motivo por el cual a través del área correspondiente del Departamento Ejecutivo, deberá proceder  a tal requisitoria.
Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1.079 en su artículo 71º inciso  4: reza “aceptar o repudiar donaciones o legados hechos al Municipio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE  SON PROPIAS
                                                           ORDENA
ARTICULO 1º: Acéptase donación de terreno, ubicado en la Ciudad de Malargüe, con una superficie de cinco mil seiscientos sesenta y ocho metros con cuarenta  y ocho decímetros cuadrados (5668,48 m2), para uso  y dominio público, cuyo límites están fijados limitando al Norte con 3 tramos, 1º en 20 metros con calle Los Abedules y 2º en dos tramos de 2mts. cada uno con Alejandro Buel, al Sur en 24,01 mts con fracción  2, al Este con 3 tramos con un total de 278,93 mts. con  Pellinaci Mario y Alejandro  Buel, al Oeste en 3 tramos con un total de 278,47 mts con Mario Pellinaci y Mario Buel, inscripto el dominio en el Registro de la Propiedad como Asiento A-1 Mat. 5816/19, Nomenclatura Catastral 19-01-00-0010-000008-00006 y Padrón de Rentas 19-10482-7.
ARTICULO 2º: Téngase en cuenta que el oferente Sr. Buel Alejandro Héctor, D.N.I. Nº 24.751.467, domiciliado  en calle Manuel Ruibal  (O) Nº 38 de la Ciudad de Malargüe, ha manifestado la voluntad de concretar esta donación gratuita con cargo del inmueble  en el que el oferente  se hará cargo de la realización de las obras de urbanización correspondiente de  agua, luz y transitabilidad de la arteria donada.
ARTICULO 3º: Comuníquese,  regístrese,  cúmplase, publíquese,  agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y archívese.

DADA EN  LA  SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE  A  VEINTICUATRO DÍAS DE AGOSTO  DE  DOS  MIL  DIECISIETE.
 Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria                                                            PRESIDENTE
Fuente: Natalia Zanabria Comisiones HCD

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