EL HCD ORDENÓ LA CONCRECIÓN DE OBRA PUENTE SOBRE ARROYO LA BEBIDA

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El proyecto pertenece a la Edil Paola Paleico del Bloque Cambia Mendoza.
En el año 2009 mediante la Ordenanza Nº 1.459, fue dispuesta la concreción de la obra mencionada para salvaguardar a peatones y automovilista. Por ello en el marco de la 24º Sesión Ordinaria y considerando que  tras reuniones mantenidas  con la Dirección de Obras Públicas, se ha manifestando que la obra se haría por administración, pero no existen novedades sobre su concreción y ante necesidad de concretar la obra de refacción del puente Ruta Nacional Nº 40 (N), a la altura del Arroyo La Bebida, el Honorable Concejo Deliberante  de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propias, aprobó la ORDENANZA Nº 1.906/2.017
Mediante la pieza legal se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración del proyecto ampliación Puente con ciclovía en Ruta Nacional Nº 40 sobre Arroyo La Bebida.
Marcia Sepúlveda
PRENSA HCD

Pieza Legal


Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina
Tel/Fax: (0260) 4471743



ORDENANZA Nº 1.906/2.017
VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.294 HC 272 – 2.017. Interbloque Cambia Mendoza – Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Concreción de Obra Puente sobre Arroyo La Bebida por administración y o licitación pública.
La necesidad de concretar la obra de refacción del puente Ruta Nacional Nº 40 (N), a la altura del Arroyo La Bebida.
Y;
CONSIDERANDO: Que debido al crecimiento demográfico de la población Malargüina, se hace necesaria la construcción de la continuidad de la ciclovía sobre el puente ubicado en el Arroyo mencionado.
Que mediante Ordenanza Nº 1.459/2.009 fue dispuesta la concreción de la obra antes mencionada para salvaguardar a peatones y automovilistas.
Que este puente es un nexo de comunicación entre la Ciudad de Malargüe y la zona norte en inmediaciones de fincas, complejos de cabañas y el Barrio Virgen de los Vientos.
Que este proyecto tiene antecedentes que datan de la Ordenanzas N° 1.541/2.011 y 1.459/2.009.
Que la Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo N° 25 dispone, “Es responsabilidad del Estado Municipal velar por la seguridad de las personas, tomando medidas que concurran a asegurar la salud y bienestar de la población. Asimismo es oportuno resaltar, las consideraciones expresadas en la Ordenanza Nº 1.541/2.011 la cual estipula que desde dicho año ya se encuentra dentro del presupuesto y gastos debidamente aprobados, los montos asignados para la obra en análisis.
Que se han mantenido reuniones con la Dirección de Obras Públicas, manifestando que la obra se haría por administración, pero no existen novedades sobre su concreción.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración del proyecto ampliación Puente con ciclovía en Ruta Nacional Nº 40 sobre Arroyo La Bebida.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante el estado de avance de la obra en caso que la misma, se encuentre en trámite de ejecución.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECINUEVE DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
    Blanca C. Páez                          GLADYS MABEL RUIZ
 Secretaria                                     PRESIDENTE 
Proyecto de la Concejal Paola Paleico
Fuente: Mabel Lopez - Administración HCD

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