EL HCD MODIFICÓ LA ORDENANZA QUE FACILITA EL ACCESO A CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA.

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Ante   la  necesidad de especificar debidamente quienes pueden acceder a Créditos Hipotecarios  para construcción de viviendas,   de acuerdo a las Ordenanzas 1524/11 y 1538/11, el Honorable Concejo Deliberante aprobó la  ORDENANZA Nº 1.908/2.017, iniciativa del Concejal Fernando Glatigny Bloque Cambia Mendoza
Mediante el texto aprobado  se ordenó la  Modificación del Artículo 1º de la Ordenanza 1.891/2.017 (http://prensahcdmalargue.blogspot.com.ar/2017/08/el-hcd-aprobo-solicitud-de-vecinos.html Iniciativa del Concejal Fernando Glatigny Bloque Cambia Mendoza), el cual quedará redactado de la siguiente manera: Establézcase la inoponibilidad de los cargos impuestos en los Artículos 6º, 9º inc. G, 10º inc. a, b, c, d, e  de la Ordenanza Nº 1.524/11, Articulo 8º y 10º, de la Ordenanza Nº 295/88, Articulo 2º del Decreto Nº  1.568/16, Ordenanza 1.538/11 Artículo 10º inc. g, h, Articulo 11º inc. a, c y d, cargos que luego son insertos en las Escrituras traslativas de dominio otorgadas por la Municipalidad de Malargüe a favor de particulares para los terrenos individualizados en las Ordenanzas, por lo tanto se dispone en este acto que se dejen sin efecto los cargos, para los casos del artículos 2º de la Ordenanza Nº 1.891/2.017.
Marcia Sepúlveda
Prensa HCD 

Pieza Legal




Uriburu y Saturnino Torres
5613 Malargüe – Mendoza
República Argentina

Tel/Fax: (0260) 4471743
ORDENANZA Nº 1.908/2.017
VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.314 HC 273 – 2.017. Interbloque Cambia Mendoza – Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Modificación Ordenanza Nº 1.891/2.017.
La Ordenanza 1.891/2.017 mediante la cual se busca facilitar a beneficiarios de terrenos comprendidos  en la Ordenanza Nº 1.524/2.011 Créditos Hipotecarios.
Y;
CONSIDERANDO Que es necesario especificar debidamente quienes pueden acceder de acuerdo a las Ordenanzas 1524/11 y 1538/11.
Que los mismos son:
·         Facilitar a beneficiarios de terrenos comprendidos bajo Ordenanza Nº 1.524/11, Art. 6º y 9º inc. g Art. 10º inc. a-b-c-d y e. de la Ordenanza Nº 295/88, Art. 8º y 10º y el Decreto Nº 1.568/16 Art. 2º, Ordenanza 1.538/11 Art. 10 inc. g, h y Art. 11 inc. a, c y d, para que puedan acceder a Créditos Hipotecarios para construcción de viviendas.  
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 1.891/2.017 el cual quedara redactado de la siguiente manera: Establézcase la inoponibilidad de los cargos impuestos en los Artículos 6º, 9º inc. G, 10º inc. a, b, c, d, e  de la Ordenanza Nº 1.524/11, Articulo 8º y 10º, de la Ordenanza Nº 295/88, Articulo 2º del Decreto Nº  1.568/16, Ordenanza 1.538/11 Artículo 10º inc. g, h, Articulo 11º inc. a, c y d, cargos que luego son insertos en las Escrituras traslativas de dominio otorgadas por la Municipalidad de Malargüe a favor de particulares para los terrenos individualizados en las Ordenanzas, por lo tanto se dispone en este acto que se dejen sin efecto los cargos, para los casos del artículos 2º de la Ordenanza Nº 1.891/2.017.
ARTÍCULO  2º:  Comuníquese,  regístrese,  cúmplase, publíquese,  agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones  correspondientes  y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTISEIS DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
 Blanca C. Paez                                                   GLADYS MABEL RUIZ
Secretaria                                                            PRESIDENTE
Proyecto del Concejal Fernando Glatigny (Bloque Cambia Mendoza)
Fuente: Mabel López Administración Y Recurso Humano HCD 
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